Maltrato animal
Más de mil perros mutilados ilegalmente en Andalucía: el Seprona investiga a 58 propietarios y un veterinario
Esta práctica quedó prohibida en 2018 con la ratificación del Convenio europeo sobre protección de animales de compañía.
Publicidad
La Guardia Civil ha encontrado a más de un millar de perros en Andalucía a los que sus dueños les cortaron las orejas y el rabo sin motivo justificado, una práctica ilegal desde 2018. El Seprona investiga, en el marco de la operación Raviches-Severed Ear, a los 58 propietarios de estas rehalas y ha detenido a un veterinario por un delito continuado de falsedad documental y maltrato animal.
De esos investigados, 15 han sido en la provincia de Granada, 18 en la de Jaén, 12 en la de Sevilla, seis en Córdoba, cuatro en Almería y tres en Málaga.
Estas actuaciones eran firmadas y selladas por un veterinario de Úbeda (Jaén) que, sin haber visto a ninguno de estos perros y sin aportar el informe que justificara tales mutilaciones, firmaba las cartillas veterinarias y alegaba en ellas lo siguiente: "Corte de orejas y rabo por funcionalidad bajo anestesia".
La investigación del Seprona
La investigación comenzó hace más de un año cuando el Seprona empezó identificar esta práctica en las localidades granadinas de Domingo Pérez y Picena. A su vez, otra patrulla en Sevilla refirió hechos similares en cachorros en Cazalla de la Sierra, lo que incrementó las sospechas.
En este último caso, las fechas de intervenciones que figuraban en las cartillas eran incompatibles con las lesiones que presentaban los animales, que se veían muy recientes. Tras estas pistas empezaron a investigar hasta inspeccionar a más de 2.000 perros y finalmente ha descubierto a 1.111 canes mutilados ilegalmente. Además, tras inspeccionar la clínica veterinaria del detenido, los agentes han constatado que las instalaciones no estaban preparadas para realizar este tipo de intervenciones con unas mínimas garantías.
Esta práctica es ilegal en España desde 2018
El corte de orejas y rabos en perros de raza era una práctica habitual por los propietarios para evitar que zarzas u otros arbustos dañaran a los animales. Quedó totalmente prohibida desde el 1 de enero de 2018 cuando España ratificó el Convenio del Consejo de Europa sobre protección de animales de compañía.
Están totalmente prohibidas por motivos estéticos o sin utilidad alguna, debe estar debidamente justificadas por una clínica veterinaria y realizarse en condiciones higiénico-sanitarias adecuadas.
El delito de maltrato animal con lesiones está castigado con penas de hasta 18 meses de prisión o multa de hasta 12 meses. En todos los casos se establece la pena de inhabilitación para tenencia, profesión, oficio o comercio que tenga que ver con los animales. Además, hay circunstancias agravantes que podrían elevar la pena por encima de los dos años y provocar la entrada en prisión del que lo cometa.
Publicidad