Cirugía de reasignación de sexo

Un juez concede el cambio de sexo a un niño de 8 años en Ourense

El juez subraya que, después de hablar con el niño, tiene "suficiente madurez" y una "situación estable de transexualidad".

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Un juez le ha concedido el cambio de sexo a un niño de 8 años en Ourense. Afirma que el niño tiene la madurez suficiente y su "situación estable de transexualidad".

El auto firmado por el magistrado Darío Carpio Estévez Pérez se conoce el mismo día que el Consejo de Ministros aprueba el proyecto de ley trans. Esta permite el cambio de sexo en el registro sin informe médico ni psicólogo desde los 12 años con determinadas condiciones.

El juez ha determinado que se rectifique el acta de nacimiento del menor, concretamente la indicación de sexo, que ha de ser "varón" y no "mujer. Así lo indica el auto.

La resolución responde a una petición de 2021. En ella, los padres del niño, de nombre Alejandro, pedían el cambio en el registro civil. El magistrado tuvo la oportunidad de entrevistarse con el menor y comprobó la "suficiente madurez" y su "situación estable de transexualidad".

Cambio en el Registro Civil

El juez explica en el auto la situación vivida por Alejandro. Además, subraya que siempre pensó y se sintió como un niño, por lo que ha concedido el cambio en el Registro Civil.

"Dicha disonancia se ha mantenido a lo largo de la existencia del menor, desde que tuvo conciencia, por lo que no tendría sentido que se le condenara a seguir contando en su acta registral como mujer, lo que pudiera provocar situaciones que pudieran ser indeseables", recalca el juez en el auto.

Por ello, el juez sostiene que "se ha de acceder al cambio de la indicación de sexo" que figura en el acta de nacimiento como "mujer" que "se ha de modificar y sustituir por la de varón, al entender que la existente no se corresponde con la verdadera identidad de género del menor".

Aprobada la ley trans

El proyecto de ley trans aprobado establece que las personas mayores de 16 años podrán solicitar la rectificación de la mención registral del sexo por sí mismas sin necesidad de requisitos. No será obligatorio la hormonación ni evaluaciones psicológicas y médicas. Los menores de 14 y 16 años también podrán acceder, siempre y cuando vayan acompañados de sus tutores legales.

En el caso de los menores de 12 a 14 años, se les permite un cambio legal con requisitos. Necesitarán una aprobación judicial que acredite su situación estable de disconformidad con su sexo o género. Cualquier menor de edad podrá realizarse un cambio de nombre en el DNI.

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