Ley Solo sí es sí

El Supremo anula una rebaja de condena por la ley del solo sí es sí debido a la "extrema violencia" que empleó el agresor

El Supremo considera que la ley del solo sí es sí no es más beneficiosa para el preso sino todo lo contrario.

Tribunal Supremo

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El Tribunal Supremo rechaza la rebaja de condena a un violador que se benefició de la ley del solo sí es sí y vio reducida su pena de 9 a 7 años de cárcel. La Audiencia de Alicante le condenó a 12 años de prisión por los delitos de violación y lesiones con la agravante de parentesco y con la entrada de la nueva ley la Audiencia aplicó una rebaja de 2 años. La víctima recurrió y el Supremo ahora le da la razón al indicar que la ley del solo sí es sí no es más beneficiosa para el condenado, sino al contrario.

Los hechos ocurrieron el pasado 25 de junio de 2015 cuando ante la insistencia del que entonces era su pareja una mujer accedió a quedar con él y le manifestó su intención de dejar la relación. Ambos se fueron en el vehículo del condenado y en ese trayecto él intentó violarla mientras le gritaba "guarra" y "puta". Ella consiguió escaparse del coche pero él la alcanzó la empujó y en el suelo le dio multitud de patadas y puñetazos por todo el cuerpo, incluida la cabeza y cara, quedando semiinconsciente. Inmediatamente la llevó a Urgencias de Aspe y le dijo que tenía que decir que se había caído.

¿Por qué la ley del solo sí es sí no es más favorable?

En la ley del solo sí es sí se incorpora otro elemento normativo sobre el que se funda una agravante específico, que no se preveía en la ley aplicada entonces por el tribunal, relativo a cuando la agresión sexual viene acompañada de una violencia de extrema gravedad, "un presupuesto agravatorio cuya presencia se identifica con toda claridad" en los hechos probados. Por ello entiende el Supremo que con la ley del solo sí es sí en la mano su condena sería peor pues la pena mínima imponible con dos agravantes (parentesco y extrema gravedad) sería la de 11 años, notablemente más alta que la impuesta en la sentencia firme, por lo que la Sala "deja sin efecto la rebaja de la pena" decidida por la Audiencia.

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