Reforma Código Penal

Sumar propone sustituir el delito de enaltecimiento del terrorismo por un agravante

En el Congreso de los Diputados Sumar desempolva una vieja iniciativa de Unidas Podemos para reformar el Código Penal. Se trata de un primer examen ya que hoy todavía no se va a aprobar.

Yolanda Díaz

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El Congreso debate hoy la propuesta de Sumar para reformar el Código Penal para suprimir delitos de opinión como las injurias a la Corona, las ofensas a los sentimientos religiosos y los ultrajes a los símbolos nacionales. La formación de Yolanda Díaz también quiere sustituir el delito de enaltecimiento del terrorismo por un agravante para dar a las víctimas una protección reforzada, pero evitar que se use para condenar a artistas.

Esta iniciativa no es original de Sumar sino que se trata de una continuación de una presentada por Unidas Podemos en la legislatura anterior, que la cámara llego a tomar en consideración pero finalmente no llegó a producirse por la continua ampliación del plazo para la presentación de enmiendas, pese a que el PSOE y Unidas Podemos tenían mayoría en la Mesa de la Cámara. En el PSOE van a votar ahora a favor de tramitar esa propuesta.

Sumar defiende dejar sin efecto el delito contra los sentimientos religiosos o escarnio público a las distintas confesiones, por ser "innecesario" al estar las creencias protegidas por distintos artículos como la libertad religiosa. Pide exactamente lo mismo para las injurias a la Corona. Entre las eliminaciones a las que se insta se incluyen también el delito de ultrajes a la patria.

Se evitarían sentencias como estas

Suprimiendo delitos como el de enaltecimiento del terrorismo se habrían evitado casos tan sonoros como el del cantante de Def con Dos , cuya condena fue anulada por el Constitucional. En esta misma línea también se verían afectadas sentencias dictadas por ejemplo contra los raperos Pablo Hasél o Valtónyc.

Sumar argumenta que existen mecanismos para proteger a las víctimas de terrorismo y propone reforzar la misma con un un agravante del artículo 22 que menciona expresamente como delito humillaciones y vejaciones al colectivo, sin limitar así la libertad de expresión.

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