Elecciones generales

¿Qué motivos nos eximen de estar en una mesa electoral el 29-N? Estas son las causas justificadas para no acudir

La enfermedad, la edad, o algunos compromisos laborales pueden librarnos de formar parte de una mesa electoral. Sin embargo, no basta con alegar cualquier motivo: hay que justificarlo y presentarlo dentro del plazo establecido.

¿Qué motivos nos eximen de estar en una mesa electoral el 29-N? Estas son las causas justificadas para no acudir

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El próximo 29 de noviembre, España volverá a las urnas para celebrar elecciones generales. Y, como ocurre en cada convocatoria electoral, miles de ciudadanos recibirán durante estos días una notificación que puede cambiar sus planes: han sido elegidos para formar parte de una mesa electoral.

Ser presidente, vocal o suplente no es voluntario. Se trata de una obligación legal, aunque existen determinadas circunstancias que permiten solicitar la exención, y en estas fechas aumentan las dudas sobre cuáles son estos motivos. La clave está en conocer cuáles son, cuándo y cómo acreditarlos.

Lo primero que hay que tener en cuenta es que, una vez recibida la notificación a lo largo de esta semana, el ciudadano dispone de siete días para presentar sus alegaciones ante la Junta Electoral de Zona correspondiente. Esta será la encargada de estudiar cada caso y decidir si acepta o rechaza la excusa.

Enfermedad, discapacidad y edad: los principales motivos personales

"Entre las causas que permiten quedar exento se encuentran la discapacidad reconocida y tener entre 65 y 69 años. En este último caso, basta con manifestar la renuncia dentro del plazo establecido y es automático", explica Pau Vallprat, Profesor de Ciencias Políticas de la Universidad de Barcelona.

También pueden aceptarse enfermedades o lesiones físicas y psicológicas que impidan desempeñar las funciones de la mesa, siempre que se acrediten mediante un certificado médico.

Las responsabilidades familiares también cuentan

El cuidado de bebés lactantes, de menores de doce años o de personas con discapacidad puede justificar la exención cuando existe una responsabilidad directa y continuada. También se contempla el cuidado de familiares dependientes. Además, los padres o madres de menores de 14 años podrán solicitarla si forman parte de una familia monoparental o si el otro progenitor no puede hacerse cargo del menor ese día.

"Una boda, una comunión u otro acontecimiento personal importante también puede servir como argumento, siempre que sea inaplazable o su cancelación suponga un perjuicio económico importante", añade el profesor Vallprat. "No obstante, la decisión dependerá de cada caso y siempre de la valoración y consideración que haga la Junta Electoral de Zona" aclara.

¿Y si tengo que trabajar?

Los profesionales sanitarios, bomberos y otros trabajadores de servicios esenciales pueden solicitar la exención cuando resulte especialmente difícil sustituirlos. También se contemplan determinadas obligaciones relacionadas con la cobertura informativa o la celebración de acontecimientos públicos.

Un último consejo: tener un viaje reservado, unas vacaciones o simplemente compromisos personales no garantiza quedar exento. Cada alegación debe estar documentada y será la Junta Electoral de Zona quien tenga la última palabra. "Para no perder todo el dinero del viaje, lo recomendable es contratar un seguro a la vez que coges el viaje", explica Alfonso Calzado, CEO de IATI seguros. Así, aunque nada te garantiza poder ir a tu destino soñado, al menos recibiremos buena parte del reembolso por cancelación si te toca elegido en mesa electoral.

Aunque todavía es un producto desconocido para muchos, este tipo de seguros han aumentado ligeramente en estas fechas previas a las elecciones, "sobre todo desde las pasadas de 2023, que cayeron precisamente en verano, época de vacaciones para la mayoría" recuerda Alfonso Calzado.

No acudir sin una causa legítima puede acarrear consecuencias penales. En términos económicos, las sanciones pueden situarse aproximadamente entre los 2.000 y los 7.000 euros, aunque no existe una tarifa fija. Por eso, si recibes la notificación, lo mejor es revisar cuanto antes si cumples alguno de estos supuestos y presentar la documentación dentro de los siete días.

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