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INFORME ANUAL DEL DEFENSOR DEL PUEBLO

La Policía Nacional limita el uso de pelotas de goma "sólo a casos extremos y debidamente justificados"

La Policía Nacional se ha comprometido a limitar el uso de pelotas de goma en manifestaciones "sólo a casos extremos y debidamente justificados" mientras que Interior rechaza hacer un protocolo sobre el uso de la fuerza por parte de los antidisturbios porque no daría respuesta a "la variada casuística".

En el informe anual del Defensor del Pueblo se explica que la defensora del Pueblo trasladó a la Dirección General de la Policía la necesidad de elaborar estudios "para valorar" la "peligrosidad" de las pelotas de goma y le solicitó "información sobre las previsiones que existan para establecer una nueva regulación" sobre su uso.

La Policía informó positivamente y explicó que "la ausencia de una casuística numerosa de hechos graves, ha hecho que se trabajara con instrucciones antiguas en el adiestramiento a los funcionarios policiales, en el manejo de los distintos elementos que conforman el material antidisturbios". Por ello "consideró necesaria la elaboración de un estudio técnico que permitiera concretar los riesgos de lesividad de las pelotas con el fin de redefinir los parámetros de su utilización".

En dicho estudio, según el informe del Defensor del Pueblo, "la Policía concluyó que el mencionado material antidisturbios solo debía utilizarse en casos extremos debidamente justificados y previa autorización del jefe de la fuerza actuante".

Asimismo, la Policía concluyó que "debía hacerse un uso preferente del reductor de energía en la posición abierta y que debían utilizarse dos tipos de cartuchería, reservando el empleo del cartucho de mayor potencia únicamente para supuestos de extrema gravedad y con un riesgo muy alto para la integridad física de terceras personas y funcionarios policiales". Fuentes policiales han explicado que el reductor de energía es la manera reducir la potencia con la que son proyectadas las pelotas de goma.

El informe del Defensor del Pueblo añade que "la Comisaría General de Seguridad Ciudadana, con la aprobación de la Dirección Adjunta Operativa (DAO), ha difundido a todas las jefaturas superiores de policía una circular, de fecha 3 de septiembre de 2013, sobre el empleo del material antidisturbios en el que se regula el lanzamiento de artificios fumígenos y lacrimógenos y de pelotas de caucho, distinguiendo entre dos tipos de cartuchos de proyección".

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