JUICIO DE LOS TRAJES | ES POSIBLE RECURRIRLO

El juez del caso Gürtel dicta la sentencia absolutoria para Camps y Costa

El fallo del magistrado puede ser recurrido ante el Supremo. Absuelve a ambos acusados del delito de cohecho pasivo impropio y ordena la cancelación y devolución de las fianzas.

Francisco Camps y Ricardo Costa

Francisco Camps y Ricardo CostaEFE

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El magistrado presidente del denominado ‘juicio de los trajes’ del caso Gürtel, Juan Climent, ha dictado sentencia absolutoria para el expresident de la Generalitat, Francisco Camps, y el ex secretario regional del PP, Ricardo Costa, ambos absueltos de un delito continuado de cohecho pasivo impropio.

Tras el veredicto absolutorio de un jurado popular, hecho público el 25 de enero, el magistrado Climent ha determinado también que las fianzas que depositaron les sean devueltas, mientras que las costas del proceso han sido declaradas de oficio, según informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

El veredicto del jurado popular se emitió tras tres jornadas de deliberaciones, con una mayoría de cinco votos a favor y cuatro en contra.

En relación al expresident de la Generalitat se ha considerado probado que no adquirió prenda alguna en la tienda Milano, aunque encargó cuatro trajes que posteriormente devolvió (agosto de 2006) al ser imposible arreglarlos por no disponer de las tallas adecuadas. Según la sentencia, Camps encargó y adquirió tres prendas en la tienda Forever Young, todas ellas abonadas por el acusado "personalmente al -sastre- señor Tomás".

En consecuencia, se considera al expresident no culpable de haber recibido regalos consistentes en prendas de vestir de forma continuada en relación a su función en el Ejecutivo autonómico.

Sobre Ricardo Costa se considera igualmente probado que pagó las prendas que le fueron confeccionadas en Milano y que nunca encargó trajes en Forever Young ni recibió prendas de ese establecimiento.

El fallo, que puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo, absuelve a ambos acusados del delito continuado de cohecho pasivo impropio, ordena la cancelación y devolución de las fianzas y declara de oficio las costas del proceso.

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