Información Clasificada

El Gobierno desclasifica los secretos del franquismo y la Transición

El Consejo de Ministros da luz verde este martes al Proyecto de Ley de Información Clasificada, que pasará al Congreso para ser tramitada. Esta nueva ley sustituye a otra anterior al inicio de la democracia y cambia el tiempo que estas informaciones quedan protegidas por la confidencialidad.

Gobierno

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La actual Ley de Secretos Oficiales data de 1968, diez años antes de la entrada en vigor de la vigente Constitución Española. Si todo transcurre con normalidad, tal y como anunciaba la tarde del lunes el Ejecutivo, el Consejo de Ministros aprobará el Proyecto de Ley de Información Clasificada, que sustituirá a la anterior. Por primera vez se fija por ley la desclasificación automática de documentos clasificados una vez transcurra el periodo de tiempo definido.

Tras la aprobación del principal órgano del Gobierno, este Proyecto de Ley pasará al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria.

Desde el Gobierno indican que si finalmente es ratificada la ley, España se alineará con las legislaciones más avanzadas del Mundo en cuanto a información clasificada se refiere, 'adelantando' a países de nuestro entorno como Francia, Dinamarca, o Suecia, que cuentan con plazos superiores para desclasificar su secretos oficiales.

El nuevo texto regula la clasificación de información confidencial en cuatro categorías. De mayor a menor nivel de seguridad son las siguientes: Alto Secreto, Secreto, Confidencial y Restringido.

Cada uno de esos niveles llevará asociado un periodo máximo de tiempo en que la información en cuestión será secreta, valorando el potencial peligro de revelación no autorizada o de uso indebido. El máximo intervalos de tiempo que una información podrá quedar bajo protección de la clasificación como confidencial pasa a ser de 45 años. Eso sí, podrán ser prorrogados otros 15 en función de que se considere que responde al interés general.

Excepciones y sanciones

Esta nueva Ley de Información clasificada marca algunas líneas rojas en materia de secretos de Estado. En ningún caso podrá ser objeto de clasificación como secreto cualquier información relacionada con crímenes de lesa humanidad o violaciones fragrantes de derechos humanos.

El incumplimiento de la Ley de 1968 tan solo contemplaba una responsabilidad penal que establecía condenas de prisión considerables. Con el objetivo de aplicar una mayor proporcionalidad, la actualización de la normativa define un régimen de sanciones administrativas por desvelar información clasificada, e iría desde los 30.000 euros, hasta los dos millones y medio en los casos más graves.

El Proyecto de Ley también considera el derecho a la libertad de información a la hora de valorar una graduación de las sanciones y se crea una Autoridad Nacional para la protección de la Información Clasificada, dependiente del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

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