Sentencia TJUE
El Tribunal Supremo amnistía a ocho condenados por desórdenes públicos
Tras la sentencia europea, la Sala considera extinguida la responsabilidad penal.

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El Tribunal Supremo ha acordado aplicar la ley de Amnistía a ocho personas condenadas por los altercados registrados en Cataluña tras la sentencia del procés, que en 2019 condenó por sedición a los principales líderes independentistas, entre ellos el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras.
La Sala había mantenido en suspenso esta decisión a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciara sobre la norma, pese a que el Tribunal Constitucional ya había avalado su constitucionalidad hace un año. Tras el respaldo de la justicia europea, que considera que la ley persigue un objetivo de reconciliación política y social, el Supremo ha declarado extinguidas las penas impuestas a estos ocho condenados.
Los beneficiados fueron condenados por hechos ocurridos durante las protestas desencadenadas tras la sentencia del Supremo de octubre de 2019 contra los líderes del procés. Al considerar que esas movilizaciones guardaban una relación directa con el proceso independentista, el tribunal entiende que quedan incluidas dentro del ámbito de aplicación de la ley.
En su resolución, el Supremo señala que "se cumple, en consecuencia, con el ámbito objetivo de aplicación de la ley orgánica" y recuerda que el delito de desórdenes públicos no figura entre las excepciones previstas por la norma.
Uno de los episodios por los que fueron condenados tuvo lugar en Girona. El 19 de octubre de 2019, unas 300 personas se concentraron en las inmediaciones de los juzgados de la ciudad. Según recogía la sentencia, el grupo aprovechó el desplazamiento de las unidades antidisturbios hacia otros puntos para dirigirse a la fachada del edificio judicial y lanzar piedras y fragmentos del pavimento, que previamente habían arrancado para utilizarlos como proyectiles.
El Constitucional cierra los recursos contra la ley
En paralelo, el Tribunal Constitucional concluyó este jueves el estudio del último recurso de inconstitucionalidad pendiente contra la ley de Amnistía, presentado por la Junta de Extremadura. Con esta resolución, el pleno da por finalizado el análisis de todos los recursos promovidos por varias comunidades autónomas, en su mayoría gobernadas por el Partido Popular.
Por otro lado, la Generalitat solicitó al Tribunal de Cuentas que aplique la ley de Amnistía a los dirigentes independentistas que todavía tienen procedimientos abiertos en ese órgano y que deje sin efecto las medidas cautelares vigentes.
El pasado lunes, el Tribunal de Cuentas dio traslado a las partes para que se pronunciaran sobre la posibilidad de amnistiar los gastos relacionados con el procés a la luz del fallo del TJUE. La Fiscalía consideró innecesario ese trámite y defendió la aplicación inmediata de la ley al entender que la sentencia europea elimina cualquier obstáculo para hacerlo.
En un comunicado, el Govern de Salvador Illa explicó que la Generalitat comparece en este procedimiento únicamente en su condición de entidad del sector público presuntamente perjudicada y para formular las alegaciones que le corresponden en esa calidad. Además, recordó que la ley establece la tramitación preferente de estos procedimientos y fija un plazo máximo de dos meses para resolverlos.
Asimismo, el diputado de ERC y ex alto cargo del Govern Josep Maria Jové solicitó al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que retire las cuestiones prejudiciales planteadas ante la justicia europea y archive la causa abierta contra él por la organización del referéndum del 1 de octubre de 2017. Tras recibir el escrito, la sala civil y penal del TSJC ha concedido un plazo de cinco días a las acusaciones y defensas para que presenten sus alegaciones. Jové está procesado por presuntos delitos de malversación, prevaricación y desobediencia.
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