Elecciones generales 2019

Elecciones generales 2019: ¿Qué pasa si no me presento en la mesa electoral si soy uno de los elegidos el 10 de noviembre?

Si ha sido elegido para una mesa electoral en las elecciones generales del 10 de noviembre, debe saber que es de carácter obligatorio acudir al colegio electoral que le corresponda, estando penado por la ley con delitos de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses si no acude a la mesa electoral sin ninguna justificación.

  • Tanto el Presidente, como los Vocales, como los suplentes deben presentarse en el colegio electoral a las 8 de la mañana.
  • La participación en una mesa electoral está remunerada con una dieta de 65 euros.
Elecciones generales 2019: ¿Qué pasa si no me presento en la mesa electoral si soy uno de los elegidos?

Elecciones generales 2019: ¿Qué pasa si no me presento en la mesa electoral si soy uno de los elegidos?EFE

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El 10 de noviembre a las 9 de la mañana se abren los colegios electorales para votar en las elecciones generales de 2019. Los ciudadanos tendrán a su disposición las urnas para depositar su voto hasta las 8 de la tarde. Cada Ayuntamiento elige, mediante sorteo público, al Presidente y a los dos Vocales que conformarán la mesa electoral junto a los seis suplentes, dos por cada miembro de la mesa, que deben acudir a la constitución de la mesa electoral por si el Presidente o alguno de los Vocales no asiste.

Si ha sido seleccionado para las elecciones generales del 10 de noviembre debe saber que es de carácter obligatorio acudir al colegio electoral que le corresponda ya que está estipulado por ley que la ausencia en la mesa electoral, sin ningún tipo de justificación, supone en incurrir en un delito con penas de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses. Tanto el Presidente, como los Vocales, como los suplentes deben presentarse en el colegio electoral a las 8 de la mañana, una hora antes de la apertura de los comicios. Una vez constituida la mesa electoral, los suplentes que no hayan tenido que integrarla, quedan exentos de cualquier obligación al respecto.

Existen una serie de justificaciones que le eximen de formar parte de la mesa electoral y que deben ser validadas por la Junta Electoral de Zona para acreditar que puede evitar estar de mesa en las elecciones generales. El notificado tiene un total de siete días para dar una justificación documentada que le impida estar en la mesa electoral y dicha notificación tenía que haberle llegado, como máximo, el pasado 23 de octubre. La participación en una mesa electoral está remunerada con una dieta de 65 euros.

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