Elecciones Aragón
¿Cuánto pagan por acudir a una mesa electoral en las elecciones de Aragón del 8 de febrero?
Esta es la compensación económica en las elecciones de Aragón 2026 y a quienes se abonarán.

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Más de un millón de ciudadanos están llamados a participar el próximo 8 de febrero en las elecciones autonómicas de Aragón. En total, 1.036.321 personas decidirán la nueva composición de las Cortes aragonesas en una jornada marcada también por el relevo generacional, con más de 32.000 jóvenes que ejercerán por primera vez su derecho al voto tras haber alcanzado la mayoría de edad desde los anteriores comicios.
Como ocurre en cada convocatoria electoral, una parte del censo ha sido designada para asumir la responsabilidad de integrar las mesas electorales, un órgano clave para el desarrollo de la votación y el posterior escrutinio.
Quiénes integran la mesa electoral
Cada mesa electoral está formada por un presidente y dos vocales, además de dos suplentes para cada uno de estos puestos. Todos ellos deben acudir al colegio electoral a primera hora de la mañana para garantizar que la votación pueda comenzar a las 9.00 horas con normalidad.
Los suplentes están obligados a presentarse inicialmente, aunque solo permanecerán durante toda la jornada y asumirán las funciones si alguno de los titulares no comparece o no puede desempeñar su cometido.
La compensación económica
La participación como miembro de una mesa electoral conlleva una compensación económica fijada en 70 euros. Esta retribución se abona mediante transferencia bancaria y está destinada exclusivamente al presidente y a los dos vocales que ejerzan efectivamente durante la jornada electoral. Los suplentes solo perciben esta cantidad en el caso de que finalmente tengan que sustituir a alguno de los titulares.
Se trata de una compensación de carácter simbólico para una jornada que se prolonga desde primera hora de la mañana hasta la finalización del escrutinio, ya entrada la noche. En términos prácticos, el importe equivale a unos cinco euros por hora, una cifra que queda por debajo del Salario Mínimo Interprofesional vigente.
Aunque los miembros de la mesa deben permanecer todo el día en el colegio electoral, la legislación contempla una serie de garantías laborales. Quienes trabajen por cuenta ajena tienen derecho a percibir su salario como si hubieran acudido a su puesto de trabajo habitual. Además, si deben reincorporarse a su empleo al día siguiente, pueden acogerse a una reducción de jornada de cinco horas.
Solo determinados servicios esenciales permiten justificar la no asistencia, siempre que se haya presentado la correspondiente alegación en plazo. La ausencia injustificada puede acarrear sanciones administrativas e incluso responsabilidades penales.
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