EL FISCAL PEDÍA 18 MESES DE PRISIÓN

Condenan a Tasio Erkizia a un año de prisión por enaltecimiento del terrorismo

El dirigente de Herri Batasuna participó en un homenaje al etarra José Miguel Beñaran, 'Argala', en el año 2008. Erkizia asegura que solamente tenía la intención de "recordar a una persona jovial" a la que conoció durante su etapa universitaria.

Tasio Erkizia, histórico abertzale

Tasio Erkizia, histórico abertzaleEFE

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La Audiencia Nacional ha condenado a un año de prisión al dirigente de Herri Batasuna (HB) Tasio Erkizia por la comisión de un delito enaltecimiento del terrorismo por su participación en un homenaje al etarra José Miguel Beñaran, 'Argala', celebrado en Arrigorriaga (Vizcaya) en 2008. 

La sentencia considera probado que Erkizia participó voluntariamente en un acto en el que se expresaron "claras muestras de veneración y respeto hacia él con motivo del trigésimo aniversario de su fallecimiento" aunque le aplica la atenuante de delaciones indebidas porque el procedimiento estuvo paralizado durante seis meses. Durante el juicio celebrado el pasado 4 de marzo, el fiscal solicitó una pena de año y medio de prisión.

La resolución, hecha pública este martes y de la que ha sido ponente el juez Javier Gómez Bermúdez, asegura que el acusado "se prestó voluntariamente a participar como protagonista en un acto que era un claro homenaje a un terrorista, condición que no se pierde por haber sido a su vez víctima de otros delincuentes que lo asesinaron".

Indica que la convocatoria se desarrolló "a su vista, ciencia y paciencia" y que "siempre giró en torno a la rendición de honores, loa y elogio de 'Argala'", por lo que "no es razonable ni creíble la explicación de que se trataba sólo de un recordatorio dentro de un acto político", como argumentó Erkizia durante el juicio.

"Es más, si el acusado se hubiera limitado a pronunciar un discurso estrictamente político en defensa de la independencia del País Vasco y el socialismo, su conducta no sería reprochable pues España es una democracia tolerante, no militante", explica Gómez Bermúdez.

La sentencia añade que el sistema democrático "no exige la adhesión a los postulados constitucionales sino que se puede defender cualquier idea --incluso el cambio de la estructura del Estado, de la forma política o la secesión de éste-- siempre que se haga por medios democráticos --lo que excluye radicalmente la violencia*-- y no se vulneren o lesionen los derechos fundamentales".

 

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