Expropiación

¿Puede el Gobierno expropiar la vivienda de Maricarmen? Esto es lo que dice la ley de expropiación

Los expertos explican cómo se aplica la ley en el caso de Maricarmen.

Delegación del Gobierno se desmarca del dispositivo del desahucio de Maricarmen, que se rige por "mandato judicial"

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El desahucio de Maricarmen ha generado un debate sobre el tema de la expropiación. La ley contempla que debe haber una causa justificada de utilizada pública para proceder a ello, así como el propietario recibir una indemnización al resultar perjudicado.

Según la ley tiene que haber una causa justificada de utilidad pública, una indemnización y justificar que sea necesario. Pero la pregunta tras el desahucio de la anciana de 80 años es: ¿puede el Gobierno expropiar su vivienda? Para la abogada experta en vivienda en Vilches, Montse Acebes, explica que, sería inconstitucional "aplicarlo a un supuesto particular", ya que "todos somos iguales ante la ley".

Por su parte, Sergio Nasarre, fundador de la Cátedra UNESCO de Vivienda, explica que las "expropiaciones con compensación" se producen "cuando estamos ante un supuesto de utilidad pública y de interés social", como por ejemplo construir una red de transportes. Pero no es el caso de Maricarmen.

Mientras tanto, Moncloa quiere aprobar el decreto de vivienda. Una parte del Gobierno dice que si estuviera aprobado habría frenado el desahucio. Aunque Nasarre señala que "todo hubiese dependido de si se le habría ofrecido una alternativa vacacional o no".

En este caso, el Ayuntamiento de Madrid le ofreció una residencia, un tipo de alojamiento que Acebes afirma que "puede darse que sea una alternativa habitacional". Por lo que se habría producido el desahucio.

¿Vulnerabilidad?

No obstante, otra opción es que el decreto protegiese los contratos de renta antigua como el de Mari Carmen, pero en este caso tampoco se trata temas de renta antigua, expone Acebes, que explica que ocurriría si se acreditase vulnerabilidad: "Ahora mismo no existe esa legislación que paralice un desahucio aunque exista vulnerabilidad económica".

El motivo es que los decretos antidesahucios no se aprobaron en febrero y la ley de 2023 solo puede frenarlo temporalmente. Nasarre subraya que "una moratoria de cuatro meses si es persona jurídica" debido a que una vez transcurrido el plazo, la suspensión se levanta y el desahucio continúa.

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