Rita Barberá y Francisco Camps

Publicidad

EL MAGISTRADO APUNTA A SU "INADECUADA" ACTUACIÓN

El juez atribuye a Camps y Barberá delitos de malversación, prevaricación y fraude

José Castro, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, afirma ver indicios racionales de que Francisco Camps y Rita Barberá, cometieron delitos continuados de malversación, prevaricación, fraude a la Administración y falsedad en documento oficial.

Así lo pone de manifiesto el magistrado en la exposición razonada, de 70 páginas, que ha elevado al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) en la que le propone que asuma la competencia para instruir la parte del caso Nóos que afecta a la supuesta participación de ambos en las negociaciones previas a la firma del convenio del Valencia Summit, por el que el Instituto Nóos percibió alrededor de tres millones de euros públicos.

A lo largo del relato de los hechos investigados, el magistrado apunta a la "inadecuada" elección de los cauces procedimentales a través de los cuales se contrataron los servicios de la entidad, o "mejor decir Don Iñaki Urdangarin y Don Diego Torres", toda vez que "se prescindieron" los trámites obligados por la Ley así como "el sentido común y la rutina".

En esta línea, subraya cómo la tramitación de los expedientes no se ajustó "a los tiempos habituales en el actuar administrativo" y que determinados informes que "se estimaron necesarios estaban vacíos de contenido teórico-jurídico así como de utilidad práctica al no ser antecedentes sino consecuentes de las decisiones a las que, se supone, debían apoyar". 

"Estas y otras irregularidades, sin merma de que algunas de ellas ya sean de por sí mismas delictivas, poner de manifiesto que las contrataciones con el Instituto Nóos fueron estrictamente voluntaristas", añade el instructor, recriminando cómo, ante estas adjudicaciones otorgadas 'a dedo', Camps y Barberá asentían verbalmente "a cuanto se les ofrecía, sin estudios previos ni viabilidad técnica ni de mercado, en marcos geográficos absolutamente impropios y orillando por completo las normas sobre las contrataciones públicas".

Unas actuaciones para las cuales "se buscan objetivos de aparente utilidad pública -cosa distinta es que en relación al precio pagado realmente la tuvieran- y se pretende dar un ropaje jurídico a un encargo que ya estaba adjudicado e incluso ejecutándose antes de que la Generalitat Valenciana, la Corporación Municipal de Valencia, sus fundaciones y sociedades cumplimentaran el más simple formulario".

De hecho, los investigadores apuntan a que Nóos ya comenzó a trabajar en la organización del Valencia Summit "mucho antes" de que el convenio fuese suscrito, lo que evidencia, a su juicio, que la concertación de la Administración pública con la entidad entonces presidida por el Duque "ya estaba verbal y anticipadamente decidida", tal y como señalaba el juez instructor en uno de los autos dictados en el marco de esta causa.

Es más, la Fiscalía sostiene que los firmantes del acuerdo -el Instituto Nóos, la Ciudad de las Artes y las Ciencias (Cacsa) y la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau- rubricaron el documento "sin que fuera precedido de ningún proceso de análisis de mercado, discusión o negociación, y que Nóos "ni tan siquiera se molestase en tratar de esbozar" el presupuesto del que sería beneficiario.

Publicidad