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LA CE TIENE DOS MESES Y DIEZ DÍAS PARA PRESENTAR UN RECURSO DE CASACIÓN

El Real Madrid gana un pleito de 18,4 millones de euros a la Comisión Europea por una operación inmobiliaria con el Ayuntamiento de Madrid

El Tribunal General de la Unión Europea falló este miércoles a favor del Real Madrid en su disputa con la Comisión Europea, al sentenciar que Bruselas no probó adecuadamente las supuestas ayudas de Estado ilegales al club.

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) falló a favor del Real Madrid en su disputa con la Comisión Europea, al sentenciar que Bruselas no probó adecuadamente las supuestas ayudas de Estado ilegales al club por 18,4 millones de euros de una operación inmobiliaria con el Ayuntamiento de Madrid.

La corte de Luxemburgo señaló este miércoles que la CE no tuvo en cuenta todos los elementos de la operación y su contexto, de manera que el Ejecutivo comunitario no pudo cumplir con su obligación de llevar a cabo un análisis completo de todos los elementos pertinentes.

La Comisión Europea (CE) tiene dos meses y diez días de plazo para presentar un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), máxima instancia administrativa de la Unión Europea (UE). El Tribunal General de la UE reprocha al Ejecutivo comunitario que no haber probado que la operación, referida a una permuta de una parcela en el barrio de Las Tablas entre el Ayuntamiento de Madrid y el club de fútbol, confiriese una ventaja al Real Madrid, que es una de las condiciones acumulativas necesarias para que una medida pueda ser calificada de ayuda de Estado.

Tres convenios

Los hechos arrancan en 1991, cuando el club y el Ayuntamiento firmaron un convenio relativo a la remodelación del Estadio Santiago Bernabéu, seguido de otro convenio de permuta de suelo rubricado en 1996 y un tercero en 1998 para proceder a su ejecución. Este estipulaba que el Real Madrid cedería al consistorio ciertos terrenos y que, en contrapartida, recibiría terrenos en las zonas de Julián Camarillo Sur y Las Tablas por un importe equivalente a las obligaciones que había contraído con el club.

En 2011, Real Madrid y Ayuntamiento suscribieron un acuerdo para resolver la controversia jurídica entre ambos derivada de los citados convenios, cuando el popular Alberto Ruiz-Gallardón era alcalde de Madrid y Florentino Pérez presidente del club de fútbol. Ambas partes reconocían en dicho acuerdo la imposibilidad jurídica de ceder los terrenos de Las Tablas al Real Madrid, valorada entonces en 22.693.054 euros, por lo que se sustituyó por otras tres parcelas y una compensación económica en una operación que compensó deudas mutuas entre el club y el consistorio, arrojando un saldo casi nulo (un crédito neto restante de 8,04 euros a favor del club).

En 2013 se inicia la investigación

La Comisión Europea fue informada de presuntas ayudas de Estado ilegales y, en diciembre de 2013, inició un procedimiento de investigación cuyo resultado fue que Bruselas declaró incompatible con el mercado interior la ayuda estatal de 18.418.054 euros concedida ilegalmente el 29 de julio de 2011 por España al Real Madrid, contraria al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

El Ejecutivo comunitario dispuso que España debía recuperar esa ayuda, señalando que "un operador de mercado como el Ayuntamiento de Madrid nunca habría aceptado compensar al Real Madrid con 22,69 millones de euros por esa parcela", que consideró sobrevalorada. En su sentencia, el Tribunal General señala que las parcelas no fueron objeto de una tasación por parte de la Comisión, sino que esta dio por buenos los valores que constaban en el acuerdo de 2011 y que les atribuía el Ayuntamiento.

La Comisión no tuvo en cuenta todos los elementos de la operación controvertida y su contexto, como exige la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, señala la corte. El tribunal considera que Bruselas no pudo cumplir con su obligación de llevar a cabo un análisis completo de todos los elementos pertinentes con el fin de demostrar no sólo la cuestión de la evaluación del importe de la ayuda, sino también -y sobre todo- la de la propia existencia de una ventaja derivada de la medida en cuestión considerada a la luz de todos sus elementos.

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