Iñaki Urdangarin

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"CARECE DE TRASCENDENCIA CONSTITUCIONAL"

El Tribunal Constitucional rechaza el recurso de amparo de Iñaki Urdangarin

Según ha informado el tribunal de garantías constitucionales las reclamaciones del cuñado del Rey carecen de “especial trascendencia constitucional para ser admitida”.

La Sección Primera de la Sala Primera del Tribunal Constitucional ha dictado por unanimidad una providencia en la que acuerda inadmitir el recurso de amparo de Iñaki Urdangarín contra la sentencia de la Sala Penal del Tribunal Supremo que le condenó a 5 años y 10 meses de prisión por los delitos de prevaricación, en concurso medial con un delito de malversación de caudales públicos, fraude a la Administración, tráfico de influencias y dos delitos fiscales.

El tribunal señala que dicho recurso carece de especial trascendencia constitucional para ser admitido conforme establece el art. 50.1 b) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. En definitiva, que no tenía sentido acudir a un tribunal como el Constitucional. El recurrente consideraba que se podían haber vulnerado los siguientes derechos fundamentales: a la tutela judicial efectiva, a la libertad y a la presunción de inocencia.

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