Santos Cerdán

El Supremo rechaza que la declaración de Cerdán se emita en directo

El magistrado Leopoldo Puente deniega la solicitud de la defensa del ex secretario de Organización del PSOE al considerar que vulnera el carácter reservado del sumario.

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El magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha descartado la posibilidad de que se retransmita en directo la comparecencia de Santos Cerdán, prevista para el próximo lunes, al considerar que la solicitud de la defensa es incompatible con la legislación vigente. La decisión se ha comunicado mediante providencia, en respuesta a la petición del ex secretario de Organización del PSOE, investigado en la causa conocida como caso Koldo.

El instructor ha subrayado que la retransmisión solicitada entra en conflicto directo con el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que las diligencias del sumario son reservadas y no adquieren carácter público hasta la apertura de juicio oral. La defensa de Cerdán había solicitado que se habilitara un canal de videostreaming o la señal de TVE para emitir su declaración con el objetivo, según el escrito, de "corregir el juicio paralelo que sufre" y garantizar la transparencia.

Puente argumenta que, pese a las filtraciones que se han producido en fases anteriores del proceso, no puede autorizarse un formato que contradiga de forma expresa el marco normativo vigente, ya que supondría incurrir en una "conducta que podría presentar perfiles delictivos".

El magistrado también ha recordado que, ante la difusión no autorizada de las tres primeras declaraciones del procedimiento, el tribunal adoptó la medida de restringir el acceso a las grabaciones audiovisuales. Desde entonces, los abogados solo pueden visionarlas en la sede del Supremo, sin copia externa. Puente ha confirmado que esta decisión ha evitado nuevas filtraciones.

En su escrito, señala que el ordenamiento actual no dispone de herramientas eficaces para prevenir o perseguir filtraciones en tiempo y forma, lo que, a su juicio, debería servir como elemento de reflexión legislativa.

Limitaciones en la pregunta sobre el patrimonio

Por otro lado, el juez ha admitido parcialmente otra solicitud de la defensa, que pretendía que se incorporase al procedimiento, a través del Punto Neutro Judicial, la información patrimonial pública de Cerdán, su esposa y su hija. La petición ha sido aceptada únicamente en lo que afecta al investigado, ya que, según el magistrado, no existe base legal para autorizar la consulta de datos sobre terceras personas no personadas en el proceso.

El Supremo aclara el papel del PSOE en el procedimiento

En una segunda providencia, el magistrado ha respondido al escrito remitido por el PSOE, en el que el partido solicitaba que se excluyera del procedimiento cualquier documento de carácter interno localizado durante la intervención de la UCO en la sede de Ferraz, como parte del acceso al correo corporativo de Cerdán.

El partido argumentaba que esa documentación podría incluir información estratégica, organizativa o política sin relación con los hechos investigados. Sin embargo, Puente ha aclarado que el PSOE no está personado en la causa, por lo que carece de capacidad legal para formular peticiones o sugerencias ante el órgano judicial.

El juez ha añadido que solo permanecerá en el procedimiento "aquello que resulte de interés" para la causa en curso.

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