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Elecciones Madrid

El PP recurre ante el TC la anulación de las candidaturas de Toni Cantó y Agustín Conde en las elecciones de Madrid

El PP de Madrid alega en su recurso que "no es cierto que exista un requisito de empadronamiento previo al cierre del censo".

El Partido Popular ha presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional para que permita las candidaturas de Toni Cantó y Agustín Conde, ambas anuladas por el juez, en las elecciones de Madrid del próximo 4 de mayo. En el documento los populares alegan que "no es cierto que exista un requisito de empadronamiento previo al cierre del censo", que jamás se ha exigido y que no consta en la ley.

No aparece en la ley

El PP alega en el recurso presentado ante el Constitucional que "no es cierto que exista un requisito de empadronamiento previo al cierre del censo. Jamás se ha exigido hasta este caso, en que un juzgado unipersonal ha decidido que así era contraviniendo a la Junta Electoral Provincial (órgano experto, independiente y colegiado) Por tanto, Cantó y Conde han sido discriminados frente al resto de candidatos en el presente y pasado".

"Se ha creado jurisdiccionalmente un requisito que no consta en la ley, mediante una intervención vulneradora del principio de interpretación más favorable al derecho fundamental" asegura el recurso presentado por el Partido Popular. "En caso de duda hay que estar a favor del ejercicio del derecho fundamental de participación política" asegura el recurso presentado ante el Tribunal Constitucional.

La Junta Electoral Provincial de Madrid avaló la semana pasada la candidatura liderada por Isabel Díaz Ayuso para las elecciones de Madrid pero el PSOE presentó denuncia ante el juzgado de lo contencioso-administrativo nº 5 de Madrid que les dio la razón.

El TC resolverá este viernes si Toni Cantó y Agustín Conde pueden ir en la lista de Isabel Díaz Ayuso, tras la decisión del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 5 de Madrid que estimó el recurso que interpuso el PSOE madrileño contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid y consideró a ambos candidatos inelegibles por haberse empadronado en la Comunidad de Madrid después del cierre del censo electoral.