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ETA

Gonzalo Boye, el abogado de Puigdemont y Torra, deberá indemnizar a Revilla por participar en su secuestro

La Audiencia Nacional cree que no ha prescrito y ordena que el abogado Gonzalo Boye indemnice a Emiliano Revilla, como se decía en la sentencia y no hizo. Fue condenado por participar en el secuestro por ETA del empresario en 1988.

El abogado Gonzalo Boye deberá indemnizar al empresario Emiliano Revilla, por cuyo secuestro por parte de ETA, que tuvo lugar en 1988, fue condenado a pena de prisión y a una responsabilidad civil solidaria con el resto de acusados de 200 millones de pesetas (1,2 millones de euros). Así lo establece la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en un auto en el que ordena ejecutar la responsabilidad civil del que ahora es abogado de Carles Puigdemont y Quim Torra, al rechazar que ésta haya prescrito. Por eso, y a pesar de contar con el pronunciamiento en contra de la Fiscalía, el tribunal ordena hacer efectivos los embargos que ya se acordaron en su día y "profundizar en la investigación patrimonial" del abogado.

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Boye fue condenado en 1996 como autor responsable de un delito de detención ilegal a la pena de 14 años y 8 meses de cárcel, de los que cumplió seis. Un año antes de obtener la libertad condicional había comunicado que abonaría de forma fraccionada el pago de la indemnización, a razón de 5.000 pesetas mensuales. En 2008, la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) presentó un escrito en el que informaba de que no se había satisfecho la responsabilidad civil y pedía hacer la investigación patrimonial, ordenada después por la Fiscalía. Boye alega que la responsabilidad civil reclamada prescribió el 5 de agosto de 2012, 15 años después del "último y único requerimiento de pago efectuado" en este procedimiento, pero la Audiencia Nacional rechaza este argumento al entender que existen "actos para interrumpir" la prescripción. Uno de estos actos es esa investigación patrimonial ordenada por Fiscalía en 2008. Aunque en 2009 el tribunal declaró en una resolución que no existen bienes suficientes que permitieran hacer efectiva la deuda, a día de hoy entiende que existe "ánimo conservativo" de la reclamación. Así, una vez que el abogado de Revilla pidió en 2018 reactivar el embargo, la Audiencia Nacional considera que el periodo de prescripción comienza de nuevo en ese momento, de modo que decreta que la responsabilidad civil sigue vigente y ordena investigar el patrimonio de Boye, "con la práctica, en su caso, del requerimiento y los apercibimientos" que resulten necesarios.

El auto, de toda la Sección Primera de la Sala de lo Penal, contiene un voto particular discrepante del magistrado Ramón Sáez Valcárcel, que cuestiona la decisión al entender que la responsabilidad civil declarada en sentencia prescribió antes de que la representación legal de la víctima hubiera solicitado "diligencias con significado relevante para interrumpirla en noviembre de 2018".

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