Elecciones Galicia

Cómo y cuándo puedo solicitar el voto por correo para las elecciones gallegas 2024

Te contamos cuáles son los plazos y los pasos que tienes que seguir para poder votar por correo en las elecciones de Galicia 2024.

Certificado para el voto por correo

Certificado para el voto por correoEFE

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Ya queda menos de un mes para la cita de los gallegos a las urnas. El próximo 18 de febrero se celebran las elecciones en esta comunidad y hay muchos que, para asegurar su derecho a voto si no se encuentran en su localidad, prefieren hacerlo por correo.

El procedimiento es muy sencillo, pero es totalmente distinto para aquellos que residen temporal o permanentemente en el extranjero.

A continuación explicamos los pasos a seguir y plazos para emitir el voto por correo.

Procedimiento

La ley tiene en cuenta el derecho a voto para los ciudadanos que en la fecha de la votación, el próximo domingo 18 de febrero, tengan prevista su ausencia o no puedan acudir.

De forma presencial, el elector debe presentarse personalmente con su DNI original en cualquier oficina de Correos y completar un formulario que le será entregado, que puede descargar y rellenar previamente en el sitio web oficial destinado a las elecciones de Galicia 2024. El personal del centro comprobará la coincidencia de su identidad y la firma.

La solicitud de voto por correo en las oficinas de Correos se puede hacer desde el 26 de diciembre de 2023 hasta el próximo 8 de febrero de 2024, inclusive.

La solicitud de forma telemática también se puede llevar a cabo a través de la página web oficial de Correos, siempre y cuando se disponga de DNI electrónico o certificado digital.

Plazos

Las autoridades recomiendan no esperar a última hora para ejercer el derecho al voto por correo, por los imprevistos o retrasos que puedan surgir.

El votante recibirá toda su documentación, así como las papeletas, el certificado de inscripción en el censo, el sobre y una hoja explicativa, a partir del 29 de enero y hasta el 11 de febrero.

Si el propio elector no se encuentra en su domicilio para recibir el certificado, no lo podrá recoger nadie en su nombre. Debe ser este quien se dirija a la oficina de Correos marcada por el repartidor.

Una vez completados todos los pasos especificados en la hoja explicativa de procedimiento, el votante debe enviar mediante correo certificado en una oficina de Correos el sobre cerrado, antes del 14 de febrero como fecha límite.

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