Navidad
Reservar mesa en Andalucía en Navidad: lo que te pueden cobrar y lo que no, según Consumo
La Junta de Andalucía recuerda que no se pueden aplicar suplementos por reservar, pero sí penalizaciones por cancelar sin aviso previo si se informa con antelación.

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Las comidas y cenas navideñas vuelven a llenar las agendas de bares y restaurantes en toda Andalucía. Reservas cerradas con semanas de antelación, grupos numerosos y fechas muy concretas convierten estas semanas en uno de los periodos de mayor presión para la hostelería. En ese contexto, la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía, a través de Consumo Responde, la web autonómica de información y asesoramiento a las personas consumidoras, ha querido aclarar qué prácticas son legales y cuáles vulneran los derechos de la clientela ante el aumento de reclamaciones en estas fechas.
Según recuerda Consumo Responde, los establecimientos no pueden cobrar un suplemento por el simple hecho de gestionar una reserva. "La normativa prohíbe que se cobre un plus por reservar mesa", señala literalmente la web autonómica. No obstante, sí está permitido solicitar una cantidad por adelantado para garantizar la asistencia, siempre que "no suponga un coste añadido y se descuente íntegramente del precio final".
Otro de los puntos que más controversia genera es el de las cancelaciones. Desde la web de Consumo, se matiza que los restaurantes pueden aplicar cargos si la reserva se cancela sin margen suficiente, habitualmente 24 horas antes, pero solo si esa condición ha sido comunicada previamente. "Las tarifas por cancelación deben haber sido informadas de manera clara antes de formalizar la reserva", subraya Consumo Responde.
La Junta también pone el foco en prácticas habituales como el cobro del pan o de los picos. Esta opción es legal únicamente si el cliente ha sido informado de forma previa y visible y el importe figura en la carta. En ningún caso se puede imponer una propina obligatoria ni aplicar "comisiones adicionales por el pago con tarjeta", una práctica expresamente prohibida.
En materia de información al consumidor, la Dirección General de Consumo recuerda que la carta debe estar disponible en formato físico, aunque pueda complementarse con códigos QR, y siempre en castellano. Del mismo modo, negar el agua del grifo o imponer la compra de agua embotellada se considera una práctica ilegal.
Desde la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía recomiendan informarse antes de reservar y, ante cualquier irregularidad, solicitar la hoja de reclamaciones o acudir a Consumo Responde y a su línea gratuita 900 215 080.
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