Hacienda
Renta 2025: Los hijos podrán deducirse más de 500 euros por cuidar de sus padres mayores de 65 años en esta Comunidad
Si eres el encargado de cuidar a tus padres, y estos tienen más de 65 años, podrás recibir una deducción en la Renta 2025 en esta Comunidad.

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Cuando llega la campaña de la Renta lo normal es abrir el borrador, revisar casillas y preguntarse si habrá alguna ayuda que se esté escapando. Entre tanta cifra y tanta norma es fácil pasar por alto deducciones que pueden marcar una diferencia importante en el resultado final.
Una de las más desconocidas es la que beneficia a quienes conviven con sus padres o abuelos mayores y se hacen cargo de ellos. En la Comunidad de Madrid esta ayuda puede superar los 500 euros por cada ascendiente siempre y cuando se cumplan una serie de condiciones.
Deducción en Madrid por cuidar de padres mayores de 65 años
En Madrid, los hijos pueden tener una deducción de hasta 515,50 euros por cada padre o madre mayor de 65 años que viva con ellos.
Esta misma cantidad también se puede aplicar si el ascendiente tiene una discapacidad igual o superior al 33% aunque no haya cumplido esa edad.
La idea es reconocer que cuidar de un familiar mayor supone un esfuerzo económico extra con más gastos en alimentación, medicación o atención médica.
Además de esta deducción autonómica, existe otra ayuda a nivel estatal que se suma, el llamado mínimo por ascendientes.
Es una reducción que se resta directamente de la base imponible del IRPF.
- Para los mayores de 65 años la reducción es de 1.150 euros.
- Si el ascendiente tiene más de 75 años, la cifra aumenta con 1.400 euros adicionales hasta llegar a 2.550 euros.
- En algunos casos, combinando la parte estatal y la autonómica el ahorro total puede superar los 3.000 euros.
Requisitos deducción cuidado mayores Renta 2025
Eso sí, para poder aplicar estas deducciones hay que cumplir varios requisitos:
- El ascendiente debe ser padre, madre, abuelo o bisabuelo, por consanguinidad o adopción.
- Tiene que convivir con el contribuyente al menos la mitad del año (seis meses o 183 días) y esa convivencia debe ser real y continuada.
- No puede tener rentas superiores a 8.000 euros anuales (sin contar las rentas exentas) ni haber presentado una declaración de la Renta con ingresos superiores a 1.800 euros.
- Además, si varios hijos conviven con el mismo ascendiente, la deducción se reparte entre ellos.
La tramitación no tiene complicaciones, no hace falta pedir nada antes ni presentar solicitudes especiales. Si se cumplen los requisitos basta con marcar correctamente las casillas en la declaración. Incluso si no se está obligado a declarar, puede compensar hacerlo para no perder esta ayuda.
Deducciones en otras comunidades autónomas
Madrid no es la única comunidad que ofrece beneficios fiscales para quienes conviven con sus mayores.
Varias regiones han aprobado deducciones propias:
- Andalucía: 100 euros extra para familias monoparentales que convivan con ascendientes mayores de 75 años.
- Comunidad Valenciana: 197 euros por cada ascendiente mayor de 75 años o mayor de 65 con discapacidad.
- Castilla-La Mancha: 150 euros adicionales cuando el ascendiente supera los 75 años.
- Aragón: 150 euros por el cuidado de personas dependientes mayores de 75 años o con discapacidad severa.
- Asturias: 500 euros por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años.
Cada comunidad tiene sus propias normas y condiciones por lo que conviene revisar la regulación autonómica antes de confirmar el borrador.
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