Pensiones
¿Qué novedades traerá la reforma de las pensiones para la jubilación de los autónomos?
El año que viene será un año de grandes novedades en materia de pensiones y jubilaciones para los autónomos, aquí te detallamos cómo les afectará.
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La jubilación es uno de los grandes "quebraderos de cabeza" para los autónomos, desde la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) han reclamado al Gobierno un cambio en el modelo de cotización para este colectivo ya que su pensión media apenas ha subido 170 euros en los últimos 10 años situándose en 793 euros.
El acuerdo alcanzado por Gobierno y agentes sociales en materia de pensiones introduce una serie de novedades a tener en cuenta por todas aquellas personas que piensen en jubilarse en 2022, ya sean autónomos o trabajadores por cuenta ajena.
Los 3 ejes centrales de las novedades que presentarán a partir del ejercicio que viene las jubilaciones pasan por la revalorización en función del IPC, los nuevos coeficientes reductores por la jubilación anticipada y los incentivos para los trabajadores que alarguen su vida laboral.
Todavía no se sabe la fecha exacta en la que esos 3 criterios entrarán en vigor, pero lo que ya sí va a ser una realidad a partir de enero de 2022 son las siguientes novedades.
En la anterior reforma de las pensiones se fijó un incremento paulatino de la edad de jubilación, así pues una persona que quiera jubilarse el año que viene cobrando el 100% de la paga ha de tener cumplidos los 65 años y haber cotizado al menos 37 años y 3 meses si no se tiene ese periodo de cotización entonces tendrá que tener 66 años cumplidos.
Cómo queda la edad de jubilación
En la actualidad hay 4 tramos establecidos en los que la prejubilación se penaliza, pero con la nueva reforma estas sanciones se verán modificadas:
Desde los 38 años y 6 meses cotizados o menos en el momento de la solicitud verán una reducción en su paga del 8% al año o del 2% por cada trimestre que se pida retirarse antes de tiempo.
Cotización de los 38 años y 6 meses a 41 años y 6 meses: el coeficiente reductor será del 7,5% por año anticipado y 1.87% por cada trimestre.
Quienes hayan cotizado más de 41 años y 6 meses: un 7% menos de su pensión por año anticipado y 1,75% por cada trimestre.
Cotizados 44 años y 6 meses o más se les aplicará una reducción del 6,5% sobre su prestación por año anticipado.
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