Subsidio por desempleo

¿Puedo cobrar el paro y ser autónomo al mismo tiempo?

Existe un supuesto en el que se puede cobrar el paro y ser autónomo simultáneamente. Te contamos cómo puedes hacerlo y los pasos que debes seguir para solicitarlo.

Cobrar paro con excedencia voluntaria

Cobrar paro con excedencia voluntariaPixabay

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Sí, cobrar el paro y ser autónomo al mismo tiempo es compatible. Aunque parezca imposible, un autónomo puede cobrar el subsidio por desempleo en el momento en el que inicia su actividad. Te lo contamos a continuación.

Lo primero que hay que saber es que para tener derecho a paro siendo autónomo hay que haber cotizado un tiempo mínimo de un año en el Instituto Nacional de la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena, y no haber gastado los días de paro.

Aún así, existen una serie de prohibiciones que marca el Servicio Público de Empleo Estatal por las cuales una persona que trabaja como autónomo no podría cobrar la prestación por desempleo.

Te contamos en qué supuestos puedes ser autónomo y cobrar el paro y en que supuestos no.

Cobrar el paro y ser autónomo

Lo primero, y lo más importante, es estar dado de alta como trabajador autónomo, es decir, estar inscrito en el Régimen Especial para los Trabajadores Autónomos.

Una vez estés dado de alta como autónomo el siguiente paso es, si tienes derecho, pedir el paro al Servicio Público de Empleo Estatal.

Se debe solicitar la prestación contributiva por desempleo durante los 15 días siguientes a darse de alta en el RETA. Este procedimiento es rápido y muy fácil y se puede hacer por Internet. De hecho, en el propio portal del SEPE hay una guía que explica a la perfección cómo solicitar el paro muy detalladamente.

El trabajador autónomo cobrará la ayuda durante un máximo de 270 días, es decir, unos 9 meses. También podrá cobrar menos de ese tiempo, ya que dependerá del paro que le quedase por gastar.

Situaciones en las que un autónomo no puede pedir el paro

Existen cuatro supuestos en las que un autónomo no puede pedir el paro:

  • Si se incorpora como socio a una sociedad mercantil.
  • Si la última alta en el INSS ha sido como autónomo.
  • Si hizo este trámite 2 años antes de iniciar la actividad laboral como autónomo.
  • Si se firma un contrato con quien se haya trabajado antes y lo haya hecho por cuenta ajena.

Nueva situación de los autónomos

El Ministerio de Seguridad Social propone para el sistema de cotización de autónomos un sistema flexible de 13 tramos, estableciendo una cuota mínima de 184 euros al mes y una cuota máxima de 1.267 euros.

La cuota mínima estaría pensada para los autónomos que cobran menos de 600 euros y la cuota máxima para los que ingresan más de 4.050 euros.

Esta nueva propuesta, que permite cambios en las cuotas, está pensada para que cada autónomo adapte sus cotizaciones en los momentos de mayores y menores beneficios. Los cambios se podrán hacer hasta seis veces al año.

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