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POR SOBREVUELOS EN LA URBANIZACIÓN MADRILEÑA DE SANTO DOMINGO

El presidente y el consejero delegado de Aena, citados a declarar por presuntos delitos de desobediencia y contra el medio ambiente

Los dueños de chalés de la urbanización Santo Domingo se ven afectados por los vuelos de una de las cuatro pistas de Barajas, la 18R-36L. El Tribunal Supremo dio la razón a los vecinos, y podría volver a hacerlo en una nueva sentencia que se espera para los próximos días. Tanto Aena como la patronal alertan de que podría perderse el 30% de la capacidad operativa del aeropuerto y, en el peor de los casos, tener que cerrar esa pista, con el efecto que eso podría tener.

El Juzgado de Instrucción número 35 de Madrid ha citado a declarar como investigados al presidente y consejero delegado de Aena, José Manuel Vargas Gómez y al anterior presidente de Aena, Juan Ignacio Lema Devesa, este lunes por presuntos delitos de desobediencia y contra el medio ambiente.

Vecinos de la urbanización de Ciudad Santo Domingo, en Algete, interpusieron una querella criminal contra el actual presidente de Aena, José Manuel Vargas Gómez, al entender que incumple los pronunciamientos judiciales en firme para cesar el ruido por tráfico aéreo que sufre la zona.

Según detallan, la querella se extiende al anterior presidente de Aena, Juan Ignacio Lema; a la directora de Planificación y Medio Ambiente del ente, Amparo Brea; y al anterior responsable de ese departamento, José Manuel Hesse Martin.

En 2008, el Tribunal Supremo estimó la lesión de los vecinos del derecho fundamental a la intimidad domiciliaria y ordenó la adopción de medidas para que cesara la causa de la lesión.

Desde que se inició el litigio, los vecinos han defendido que la lesión es evitable mediante aterrizajes desde el Norte hacia Barajas por la izquierda, pasado Ciudad Santo Domingo, que evita toda población y cumple con la organización mundial de seguridad OACI, permitiendo mantener el uso de todas las pistas.

La querella también se dirige contra cualquier otra persona que pudiera resultar responsable, al amparo de lo dispuesto por Art. 270 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Los querellantes señalan que han pasado ocho años desde que el Supremo ordenase el cese de la causa la lesión de derechos fundamentales por sobrevuelos en aterrizajes hacia el aeropuerto Madrid-Barajas, hoy Adolfo Suárez, en una población libre de afecciones y servidumbres acústicas, consolidada muchos años antes de las ampliaciones del aeropuerto.

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