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SE INVESTIGAN EN JUZGADOS DE TODA ANDALUCÍA

El juez archiva la primera causa por los cursos de formación porque no ve delito

La juez de instrucción 5 de Sevilla ha archivado por primera vez en Andalucía una causa referida a los cursos de formación porque considera que no existen indicios de que se cometiera un delito en la concesión de una subvención a la Asociación de Enfermos Mentales de San Juan Grande para un curso.

Fuentes judiciales han dicho que la importancia de este auto dictado por la juez Beatriz González radica en que aborda los mismos casos que investiga el juzgado de instrucción 6 en la macrocausa de los cursos de formación, con las mismas declaraciones de testigos y con los mismos defectos en los expedientes analizados.

Por ello, si el auto no se recurre y finalmente se hace firme el archivo, el juzgado de instrucción 6 tendría un referente para actuar de la misma forma, han indicado las fuentes. Este archivo es el primero que se acuerda respecto a los cursos de formación que se investigan en juzgados de toda Andalucía que aborda el fondo del asunto y con personal de la Junta implicado, según han dicho otras fuentes judiciales antes de precisar que se han archivado otros casos pero porque la cuantía de la subvención era de menos de 120.000 euros.

En el auto de archivo, la juez asegura que no puede considerarse un delito de malversación pública, ni ningún otro delito, el hecho de que se apruebe una subvención o incluso se desembolse sin que se haya completado el trámite de justificación o de reintegro de otras ayudas concedidas al mismo beneficiario.

Todo ello "sin perjuicio de la responsabilidad administrativa o política que pueda exigirse a los funcionarios o autoridades a las que corresponde extremar la diligencia en la vigilancia del dinero y los bienes públicos", según afirma la juez.

Para que se produzca la malversación es necesario el ánimo de lucro propio del funcionario, de una autoridad o de un tercero, recuerda la instructora antes de afirmar que en este caso ninguna de las personas investigadas se ha "beneficiado en forma alguna de las subvenciones" concedidas a la asociación.

La juez agrega que las posibles irregularidades internas en la asociación con el destino dado a los fondos no afectan a las diligencias que investiga, lo que sería competencia de los juzgados de Carmona (Sevilla), donde está la entidad.

"Aunque los sistemas de gestión administrativa y económica para el seguimiento y control de las subvenciones públicas sea, en este caso, manifiestamente mejorable", indica las juez, las personas investigadas "no parecen haber incurrido en ninguna conducta típica a la hora de solicitar o conceder las subvenciones" o a la hora de autorizar el pago.

La juez analiza lo ocurrido con el exdirector del Servicio Andaluz de Empleo Antonio Rivas, investigado en la causa y quien en el 2008 firmó la certificación que daba por cierto que el 75% de la ayuda se aplicó para el fin previsto, "aun cuando dichos fondos no hubieran sido justificados a esa fecha ni lo fueran con posterioridad".

En este sentido, la instructora alude a la declaración del interventor de Jaén, Julián Venegas, en la que aseguró que esa certificación, "a pesar de su literalidad, hace referencia al compromiso de los fondos y no al efectivo gasto de los mismos, cuya verificación se realiza en un momento posterior".

La juez considera que, además, así se recoge en el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía y califica como "lógico" que se actuara de esa forma porque "no es materialmente posible que a la fecha de la emisión de la certificación en cuestión se hubiera podido concluir el proceso de justificación de los fondos a los que se refiere".

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