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¿boda falsa para conseguir los papeles?

Deniegan la residencia a un inmigrante al sospechar que su boda fue falsa por discrepar con su pareja sobre el lado de la cama que ocupa

En el interrogatorio policial, a los dos miembros de la pareja se les preguntó por la posición que ocupaban en la cama, encontrándose con que cada uno de los contrayentes declaró una cosa distinta, no poniéndose tampoco de acuerdo sobre el color de las sábanas.

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un inmigrante al que no se le concedió el permiso de residencia al considerar que su matrimonio fue de conveniencia, ya que cuando se interrogó a la pareja no se pusieron de acuerdo sobre el lugar que cada uno ocupaba en la cama.

La sentencia indica que durante el interrogatorio efectuado por la Policía para descartar que el matrimonio, residente en Cehegín, Murcia, hubiese sido formalizado en fraude de ley, para obtener la residencia, se les preguntó por la posición que ocupaban en la cama, encontrándose con que cada uno de los contrayentes declaró una cosa distinta, no poniéndose tampoco de acuerdo sobre el color de las sábanas.

Así, el demandante aseguró que dormía en el lado derecho, y la esposa, en el izquierdo, y que las sábanas eran de muchos colores y que en la cama no había ni manta ni edredón, "declarando ella justo lo contrario en cuanto al lugar que ocupaban en la cama y que las sábanas eran de color verde, con círculos blancos y el edredón de color beige".

También discreparon en cuanto a la forma en que él llegó a España y sobre las relaciones mantenidas antes de la boda, no poniéndose tampoco de acuerdo sobre la hora en que se levantaban cada mañana. En cuanto al lugar en que realizaban las compras para el sustento de la pareja, el demandante aseguró que no tenían un lugar fijo, que iban a distintos supermercados, incluso que en ocasiones lo hacía en otro municipio murciano, el de Alcantarilla, ubicado a varias decenas de kilómetros de su lugar de residencia, mientras que ella afirmó que acudían a un establecimiento perteneciente a una cadena de supermercados. La sentencia del TSJ concluye con la desestimación del recurso, con lo que se confirma la resolución judicial que respaldó la decisión adoptada por la Delegación del Gobierno en Murcia de denegarle la tarjeta de residencia temporal de familiar de un ciudadano de la Unión Europea (UE).

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