Menores en Ceuta
Ángel Víctor Torres rebaja la cifra de menores filiados a 1.500, cuando Interior cuantificó 2.168 al inicio de la crisis
El Ministerio de Política Territorial ha actualizado la cifra de menores filiados a 1.500, pero continúa el proceso de identificación de menores y derivación hacia otras comunidades autónomas.

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Cuando comenzó la crisis migratoria en Ceuta el total de menores filiados fue de 2.168, según apuntaba el ministerio del Interior. Ahora, el ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres, los rebaja a 1.500, tras una depuración de los registros informáticos, donde un mismo menor aparecía reflejado como un expediente nuevo. Por lo tanto, muchos de esos menores, ya estaban registrados antes de la llegada masiva del 30 de julio.
Aun así, esta cifra incluye a aquellos menores en situación de desamparo que se encuentran bajo los servicios de protección de la infancia de Ceuta y crecerá a medida que se vayan realizando nuevas identificaciones. Sin embargo, hay un porcentaje de esos pequeños que proceden de países en guerra, a los que se suman los matrimonios forzosos, violencia sexual o trata de blancas, como pueden ser Chad o Sudán.
En cuanto a la devolución a sus países de origen, debe demostrarse, caso por caso que eso es lo mejor para el menor. Sin embargo, en 2021, el Tribunal Supremo sentenció que la devolución masiva de menores a Marruecos fue ilegal.
La Ciudad Autónoma se encuentra saturada y su sistema de acogida ha activado la distribución entre comunidades autónoma. Los derechos de los niños se encuentran blindados en territorio español por el ordenamiento jurídico y la Convención de la Infancia.
¿Cómo y quien determina que una persona es menor de edad?
Cuando una persona indocumentada entra en territorio español, la minoría de edad se rige por la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor y las directrices marcadas por la Fiscalía General del Estado.
Durante este proceso, los médicos forenses realizan pruebas radiológicas para ver el grado de maduración ósea. Mientras tanto, la persona deberá ser tratada como menor y permanecer bajo la protección de los organismos encargados de la atención a la infancia.
¿Y qué ocurre después?
Una vez confirmada la minoría de edad y la situación de desamparo, la tutela del pequeño recae en los servicios de protección a la infancia de la comunidad o ciudad autónoma. Cuando se trata de un traslado desde Ceuta, la tutela legal sigue correspondiendo a la Ciudad Autónoma, o se transfiere a la comunidad receptora del menor, una vez haya habido una resolución administrativa e informe favorable de la Fiscalía de Menores.
Los traslados no se realizan de forma aleatoria, para ello, se realizan informes evaluando la situación psicosocial de cada menor. De hecho, se prioriza a las niñas, a las víctimas de trata, a los niños más pequeños o a aquellos que tienen más necesidades de atención especial, ya sea física o mental.
Una vez hayan pasado todo el proceso pertinente, tienen los mismos derechos que cualquier menor nacido en España, como por ejemplo acceso completo al sistema sanitario, escolarización obligatoria y derecho a residencia.
¿Pueden ser devueltos a sus países de origen?
La repatriación es legal pero muy restrictiva. Para que esto ocurra, es necesario haber localizado a la familia o a los servicios de protección de menores en el país de origen. Asimismo, las autoridades españolas deben recibir un informe que demuestre que el regreso del pequeño con sus progenitores o tutores legales no supone ningún riesgo para su salud física ni mental, y en consecuencia, que el Ministerio Fiscal no se oponga al retorno.
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