Elecciones Andalucía

¿Tengo derecho a ausentarme del trabajo para votar en las elecciones de Andalucía del 17 de mayo 2026?

El decreto fija horas retribuidas para votar y condiciones para quienes integren mesas electorales

Un miembro de una mesa electoral

Un miembro de una mesa electoralEFE

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La Junta de Andalucía ha establecido los permisos laborales vinculados a las elecciones al Parlamento andaluz previstas para el 17 de mayo de 2026. La medida, recogida en el decreto publicado en el BOJA, detalla el tiempo retribuido al que podrán acogerse tanto las personas trabajadoras que acudan a votar como aquellas que participen en una mesa electoral.

El texto regula de forma concreta cómo se aplican estos permisos en función de la coincidencia entre la jornada laboral y el horario de apertura de los colegios electorales. La norma afecta tanto a trabajadores por cuenta ajena como al personal de la Administración autonómica que no disponga de descanso completo durante esa jornada.

Horas retribuidas para ejercer el voto

El decreto establece distintos tramos en función del tiempo de coincidencia entre el trabajo y el horario de votación. Así, quienes tengan una coincidencia superior a seis horas podrán solicitar un permiso retribuido de cuatro horas. Si la coincidencia es de más de cuatro horas y hasta seis, el permiso será de tres horas. En los casos en los que el solapamiento sea de entre dos y cuatro horas, corresponderán dos horas de permiso.

Por el contrario, no se reconocerá este derecho cuando la coincidencia sea inferior a dos horas. Esta regulación busca facilitar el ejercicio del derecho al voto sin afectar a la actividad laboral más allá de lo necesario.

El decreto también contempla la situación de quienes no puedan votar de forma presencial. En estos casos, si se opta por el voto por correo, se podrá disfrutar de los mismos permisos retribuidos tanto para solicitar la documentación como para emitir el voto, tomando como referencia el horario de las oficinas de Correos.

Permisos para mesas electorales

La norma introduce medidas específicas para quienes participen en el desarrollo de la jornada electoral. Los presidentes, vocales e interventores dispondrán de permiso retribuido de jornada completa el 17 de mayo, siempre que ese día sea laborable para ellos.

Además, estas personas tendrán derecho a una reducción de cinco horas en su jornada laboral el día siguiente, 18 de mayo, siempre que acrediten su participación en la mesa electoral. En el caso de quienes trabajen en turno de noche, el decreto prevé un cambio obligatorio de turno la víspera de la votación para garantizar el descanso previo.

Por su parte, los apoderados también contarán con permiso retribuido de jornada completa el día de la votación si coincide con su jornada laboral.

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