Consejo de Ministros

Aprobado el uso medicinal del cannabis: solo en ciertos casos, con receta del especialista y en hospitales

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que permitirá fórmulas magistrales estandarizadas de cannabis bajo estricta supervisión médica y farmacéutica.

La minsitra de Sanidad, Mónica García durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a propuesta del Ministerio de Sanidad, un Real Decreto que regula el uso de fórmulas magistrales de cannabis estandarizado con fines medicinales en situaciones en las que los tratamientos convencionales resulten insuficientes.

Según la ministra de Sanidad, Mónica García, la medida ofrece una alternativa terapéutica basada en evidencia científica y con máxima seguridad. La norma responde a demandas del Congreso, profesionales sanitarios y pacientes, especialmente para tratar dolor crónico, espasticidad, ciertas formas graves de epilepsia y náuseas o vómitos derivados de la quimioterapia.

El decreto no fija un listado cerrado de indicaciones, sino que establece que los usos clínicos, así como condiciones de dosificación y elaboración, se definirán en monografías publicadas por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) en un plazo de tres meses, permitiendo su actualización según avances científicos.

Las fórmulas deberán ser prescritas únicamente por médicos especialistas en hospitales y elaboradas en servicios de farmacia hospitalaria autorizados, cumpliendo normas de calidad, trazabilidad y fiscalización. Además, se creará un registro público gestionado por la AEMPS, donde se inscribirán todos los preparados, garantizando control sobre su fabricación y distribución.

El seguimiento del tratamiento será compartido entre médicos y farmacias hospitalarias, evaluando eficacia y posibles efectos adversos, con mecanismos excepcionales de dispensación no presencial para garantizar acceso equitativo.

Decreto de universidades

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un decreto que endurece los criterios para la creación de nuevas universidades en España, en un intento de frenar la proliferación de centros privados que, según el Ejecutivo, no cumplen con los estándares de calidad.

Actualmente, el sistema universitario español cuenta con 96 universidades, 50 públicas y 46 privadas, y el objetivo del Gobierno es garantizar que todos los centros cumplan requisitos mínimos en docencia, investigación y solvencia económica. Según datos de la Fundación Conocimiento y Desarrollo (CYD), el número de universidades privadas casi se ha triplicado desde 1998, mientras que las públicas se han mantenido estables.

Entre las novedades, el decreto refuerza el papel de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y de las agencias autonómicas, cuyos informes pasarán a ser vinculantes. Además, se exigirá un mínimo de 4.500 alumnos durante los seis primeros años de funcionamiento, con flexibilidad según el caso, y se establecerán criterios de suficiencia financiera, oferta académica mínima y porcentaje de profesorado doctorado.

El decreto afectará directamente a ocho proyectos universitarios pendientes de evaluación, entre ellos la Universidad Internacional de Aragón (UNIAR), la Universidad Europea de Extremadura y la Universidad Digital de Canarias, que deberán obtener informes positivos para poder abrir.

Anteproyecto de la Ley de Administración Abierta

Por su parte, el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, ha presentado el anteproyecto de la Ley de Administración Abierta que ha sido aprobado en el Consejo de Ministros.

Esta reforma viene como respuesta a la creciente "desafección" hacia la política, la desinformación, el "negacionismo histórico" y los "discursos antidemocráticos".

"Debemos tomar medidas ambiciosas y ejemplares en materia de transparencia, integridad, rendición de cuentas, participación ciudadana y apertura institucional. Porque ganar confianza es ganar democracia”, ha enfatizado.

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