Tsunami Democràtic

El juez de la Audiencia Nacional rechaza el recurso de Fiscalía e insiste en la investigación a Puigdemont por terrorismo

En un auto se recoge que el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 explica que las diligencias llevadas a cabo hasta el momento permiten "consolidar la hipótesis inicial", que calificaba los hechos como delito de terrorismo.

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Este jueves se ha conocido que el juez de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, ha desestimado el recurso presentado por la Fiscalía contra su decisión de enviar la causa sobre 'Tsunami Democràtic' al Tribunal Supremo para investigar por un delito de terrorismo en la causa al expresidente catalán Carles Puigdemont, a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, así como a otras diez personas, a la vez que ha insistido en el carácter terrorista de los hechos.

Europa Press ha recogido un auto en el que el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 explica que las diligencias que se han realizado hasta el momento han permitido "consolidar la hipótesis inicial", que calificaba los hechos como delito de terrorismo. En esta causa, el magistrado investiga los disturbios supuestamente capitaneados por la plataforma independentista en respuesta a la sentencia del 'procés'.

Frente al argumento de la Fiscalía de que no hay elementos de juicio nuevos, el juez se remite a la exposición razonada que envió al Supremo donde desarrolla de manera amplia la documentación aportada por los Mossos d'Esquadra acerca de los hechos que tuvieron lugar en el aeropuerto de El Prat del 14 de octubre de 2019. Un ciudadano francés murió a causa de un fallo cardíaco.

De la misma manera, el magistrado rechaza el argumento del Ministerio Público acerca de que la exposición de motivos se acordara sin fundamento y sin circunstancia que lo justificara. En cuanto esto, García Castellón hace referencia a los más de cien folios de la exposición de motivos "a los efectos" de que el fiscal "pueda ilustrarse sobre los motivos de la misma, por lo que en ningún caso pueda admitirse, como se afirma en el recurso, que carece de fundamento".

El instructor, tras ver los recursos de reforma de la Fiscalía, tanto contra el auto por el que dirigió la causa contra los investigados, como contra la exposición razonada, comprende que "debe reflexionarse sobre el hecho singular de tener que insistir ante al órgano que tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, sobre la contundencia, cantidad y nitidez de los indicios que permiten sostener la calificación inicial por delito de terrorismo".

"La gravedad de los delitos"

García Castellón termina señalando que "la gravedad de los delitos que, en este momento se vislumbran, la clara afectación que estos tuvieron a los intereses generales, y a estructuras económicas esenciales del Estado, los daños concretos que se causaron a los perjudicados y las graves lesiones sufridas por las víctimas del delito, no solo exigen su esclarecimiento promoviendo la acción de la justicia, sino que además exige, en defensa de la legalidad, que la instrucción y enjuiciamiento se efectúe por el órgano judicial que ostenta la competencia objetiva y funcional para ello".

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