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APROBADA LA CONVOCATORIA POR EL PARLAMENT CATALÁN
El Gobierno avisa de que puede recurrir la consulta independentista al Constitucional
Soraya Sáenz de Santamaría ha advertido de que el Ejecutivo puede pedir la actuación del Tribunal Constitucional solictando la suspensión de la Ley de Consultas populares catalana si se incumple la petición de autorización al Estado y también alegando inconstitucionalidad.
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha advertido de que el Gobierno no solo tiene instrumentos jurídicos y judiciales para frenar una consulta independentista en Cataluña, sino que además "está dispuesto a utilizarlos".
El Gobierno está dispuesto a utilizar los mecanismos de los que dispone
"Esa convocatoria no sería conforme con la Constitución y le digo dos cosas: no sólo hay instrumentos jurídicos y judiciales para pararlos, sino además hay un Gobierno, este Gobierno, que está dispuetsó a usarlos", ha precisado la vicepresidenta durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en el que se han aprobado los Presupuestos Generales del Estado para 2013.
Sáenz de Santamaría ha explicado que la convocatoria de un referéndum "de la naturaleza que se pretende" tiene un procedimiento constitucional previo, que consiste en la "autorización por parte del Estado".
Además, ha dejado claro que sería un asunto que "afectaría al conjunto del pueblo español, es decir, al conjunto del censo electoral y habría que preguntar a todos y cada uno de los españoles por cuanto somos todos a los que nos compete decidir sobre la organización territorial".
La vicepresienta del Gobierno ha advertido a Cataluña que el Gobierno puede recurrir la consulta independentista al Tribunal Constitucional por dos vías diferentes.
Por un lado, solicitando la suspensión de los artículos de la Ley de Consultas populares catalana en el caso de que se incumpla la petición de autorización al Estado y, en segundo lugar, el Ejecutivo también podría recurrir directamente la inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional adoptada fuera del marco de sus competencias. La ventaja de esta segunda vía, ha precisado, es que la suspensión de la convocatoria sería automática.
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