Justicia

El Gobierno anula las multas impuestas en el estado de alarma

Tanto las Delegaciones como las Subdelegaciones del Gobierno ya han comenzado a revocar el cerca de millón de procedimientos activos

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Adiós a lasmultasimpuestas durante el estado de alarma. Así lo dictó el Tribunal Constitucional el pasado mes de julio cuando consideró estas sanciones contrarias al espíritu de la Carta Magna. Una decisión ante la que Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno ya han comenzado a actuar.

En concreto, se han puesto en marcha los procedimientos masivos que pretenden revocar los expedientes administrativos sancionadores que continúan abiertos y revocar las sanciones a todos aquellos ciudadanos que se saltaron las restricciones entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020.

De hecho, durante aquel primer estado de alarma se impusieron un total de 1,14 millones de multas cuyo valor ascendería hasta los 115 millones de euros. Así lo confirmó el propio Ministerio, quien también destacó que a fecha de mayo de 2021 sólo se habían tramitado un 20% del total.

Actualmente hay alrededor de un millón de sanciones administrativas en el aire y otras tantas reclamadas que desde este mismo momento comenzarán a disuadirse o, en algunos casos, devolverse. Y es que, tal y como ha solicitado el Ministerio de Política Territorial, ya hay luz verde para que las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno tomen las medidas necesarias para acabar con estos procedimientos.

Esta decisión se produce después de que el pasado julio el Tribunal Constitucional declarase ilícitas dichas sanciones. Además, el alud de reclamaciones solicitadas a la Justicia por este mismo hecho había desembocado en una situación límite ante la que muchos organismos señalaron que no se podría hacer frente.

¿Qué ocurre con los que han pagado?

En el caso de que una persona ya haya abonado la cuantía correspondiente a la multa, la realidad cambia considerablemente. Todo porque los afectados no podrán pedir ahora cuentas al Gobierno. Sólo podrán reclamar, pero siempre que no haya expirado el plazo correspondiente.

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