Elecciones generales 2019: Cómo consultar el estado de la tramitación de las solicitudes del voto por correo

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Elecciones generales 2019

Elecciones generales 2019: Cómo consultar el estado de la tramitación de las solicitudes del voto por correo

El próximo 10 de noviembre se celebran las elecciones generales 2019. Si eres de los que tiene que pedir el voto por correo, consulta a continuación cómo comprobar el estado de tramitación de tu solicitud para votar por correo el 10-N.

  • Si reside en el extranjero o si es residente en España pero se encuentra temporalmente en el extranjero, la documentación se enviará no más tarde del 21 de octubre. En cambio, si reside en España, la documentación para votar se enviará entre el 21 de octubre y el 3 de noviembre, ambos inclusive.
  • Puede consultar el estado de la tramitación de las solicitudes del voto por correo en la sede electrónica del INE.

El próximo 10 de noviembre todos los españoles en edad de votar están citados en las urnas para elegir a sus representantes en las elecciones generales de 2019. En caso de no poder ejercer el derecho a voto en el colegio electoral que le corresponda, puede solicitar el voto por correo, que debe pedirlo en una oficina de Correos, presentando el DNI, el carné de conducir, pasaporte o tarjeta de residencia de extranjero. Sin embargo, también puede requerir el voto por correo vía online, rellenando una solicitud en la sede electrónica del INE.

El plazo de solicitud del voto por correo está disponible hasta el 31 de octubre. Si reside fuera de España o el día de las elecciones estará fuera de nuestro país, ya debería haber solicitado el voto por correo puesto que el plazo finalizó el pasado 19 de octubre.

Si ya ha realizado todos las gestiones, puede consultar el estado de la tramitación de las solicitudes del voto por correo para las elecciones generales en la sede electrónica del INE. Para ello debe poner su identificador y su fecha de nacimiento.

Si reside en el extranjero o si es residente en España pero se encuentra temporalmente en el extranjero, la documentación para votar se enviará no más tarde del 21 de octubre , o del 29 de octubre si se produjera impugnación de candidatos, siempre que la solicitud de voto haya sido aceptada. En cambio si reside en España, la documentación para votar se enviará entre el 21 de octubre y el 3 de noviembre, ambos inclusive.

Si tiene alguna consulta, puede ponerse en contacto con la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral o llamar por teléfono al número 901 101 900.

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