Elecciones generales 2019: Cómo solicitar el voto por correo online

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Elecciones generales 2019

Cómo solicitar el voto por correo online para las elecciones generales 2019

A falta de menos de tres semanas para las elecciones generales del próximo 10 de noviembre, comienzan a ponerse en marcha las millones de solicitudes de votos por correo para todos los españoles residentes que no puedan acudir a votar.

Quedan apenas tres semanas para que se celebren las próximas elecciones generales 2019, el 10 de noviembre. Para los españoles residentes en nuestro país, que no puedan acudir a las urnas ese día, deben de saber que para participar en los próximos comicios tienen hasta el próximo 31 de octubre para solicitar el voto por correo.

El siguiente paso es recibir la documentación facilitada por la Oficina del Censo Electoral hasta el 3 de noviembre y hasta el 6 -tres días más tarde, a cuatro de que se abran los colegios electorales- para enviar su papeleta a través del servicio postal.

Para ello, los electores interesados tendrán que realizar el primer trámite en la oficina de Correos. Este primer paso consiste en presentar un certificado de inscripción en el Censo mostrando el Documento Nacional de Identidad (DNI), el carné de conducir, pasaporte o tarjeta de residencia de extranjero para acreditar su identidad.

Si bien prefieres hacerlo de manera telemática -accede aquí-, esto te permitirá rellenar el impreso online y hacer las copias que se necesiten.

1. Datos del lector

Rellena el documento con tus datos personales (nombre, apellidos, fecha de nacimiento y DNI).

2. Dirección de remisión

El votante debe de especificar en este campo la dirección donde quiere que le llegue su voto por correo.

3. Datos de la persona autorizada

Sólo en el caso de tener dependencia acreditada, la solicitud podrá ser firmada y presentado en nombre del elector por una persona autorizada notarial o consularmente.

4. Fecha de la solicitud

En este espacio se debe escribir la fecha de cuándo y el nombre de la provincia donde figura el censo inscrito del elector.

5. Confirmación

Revisa todos los datos estén correctos antes de llegar al última paso.

6. Imprimir

El elector deberá imprimir los dos documentos que se facilitan. Un impreso pertenece a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral y otra para el propio votante.

Una vez impresa la documentación solicitada, se deberá presentar en las oficinas de Correos, donde después de confirmar la identidad, serán, finalmente, sellados y fechados.

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