DANA

La Audiencia de Valencia ordena que Maribel Vilaplana, la periodista que comió con Mazón el día de la DANA, declare como testigo

La Audiencia de Valencia adopta la decisión tras conocer el contenido de la carta que hizo pública en septiembre.

Maribel Vilaplana, la periodista que comió con Mazón durante la DANA

Maribel Vilaplana, la periodista que comió con Mazón durante la DANAEuropa Press

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La Audiencia de Valencia ordena a la jueza que instruye la causa penal sobre la gestión de la DANA que acabó con la vida de más de 200 personas en Valencia llame a declarar como testigo a la periodista Maribel Vilaplana, que comió con el presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, el 29 de octubre de 2024. Así, estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por una acusación particular y revoca la decisión adoptada por la instructora de Catarroja al desestimar un recurso de reforma.

Para adoptar la decisión, la Sala ha tenido en cuenta la carta que hizo pública a principios de septiembrey en la que aseguró que estar en la venta comiendo aquel día fue "una maldita coincidencia".

Vilaplana afirmaba que durante la comida con Carlos Mazón no preguntó, ni participó, ni conoció en ningún momento el contenido de las llamadas que recibió el presidente, quien tampoco le trasladó "ninguna inquietud al respecto", y asegura que salió del restaurante entre las 18:30 y las 18:45 horas.

Los magistrados estiman que su comparecencia puede ofrecer "elementos de interés" tras la carta difundida. "Con las exigencias y características propias de una diligencia procesal, pudiera ofrecer elementos de interés a los que no hizo referencia en la carta que publicó", se pronuncia sobre su declaración "en sede judicial".

"No se puede descartar que, interrogada en las condiciones y con las garantías del proceso penal, pueda ofrecer detalles o matices que pudieran resultar de interés para la investigación. Su testimonio, por lo demás, podría ofrecer información que solo ella, el presidente de la Generalitat y sus interlocutores podrían conocer", recoge el auto de apelación.

Es por ello que la consideran "pertinente y apta, a priori, para poder aportar información relevante sobre el proceso seguido" la tarde de la trágica DANA en Valencia y la toma de decisiones.

Mazón queda fuera por ser aforado

La Sala coincide con la magistrada instructora en que Caros Mazón, por su condición de aforado, "queda fuera del ámbito subjetivo de la investigación que dirige", pero matiza que no obstaculiza para que deban practicarse diligencias que resulten "pertinentes y de utilidad a la investigación".

"De momento, procede avanzar en la investigación (...) y solo en el caso de que la juez de Instrucción detectara la concurrencia de indicios reforzados, fundados, de criminalidad contra el 'president' y, elevada la exposición razonada, el TSJCV compartiera la valoración de la juez, cabría extender el ámbito subjetivo de la investigación al mismo y sería Tribunal Superior el órgano competente para ello", añade, según recoge 'Europa Press'.

La sección segunda del órgano judicial provincial también ha notificado otros tres autos en respuesta a otros recursos de apelación. Por ejemplo, rechaza la pretensión de la acusación popular de imputar a un testigo, el jefe de Climatología de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) en la Comunidad Valenciana.

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