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UN AÑO DESPUÉS DE SU TOMA DE POSESIÓN

El alcalde de Santiago anuncia su dimisión tras ser imputado por fraude fiscal

"Esta ciudad no merece un alcalde que está en la situación que yo estoy", ha proclamado Gerardo Conde Roa, que deja el cargo tras ser acusado por no pagar 291.200 euros a Hacienda correspondientes al IVA de la venta de unas viviendas.

El alcalde de Santiago, Gerardo Conde Roa, ha anunciado su dimisión después de que el titular del Juzgado número 2 compostelano, José Antonio Vázquez Taín, le notificara el auto en el que es imputado por un supuesto delito contra la Hacienda Pública.

El concejal de Educación y Cultura y primer teniente de alcalde de Santiago de Compostela, Angel Currás, será el relevo en la alcaldía compostelana, una decisiíon tomada por el partido y de la que Conde Roa se desvinculó a título personal.

En una concurrida rueda de prensa convocada después de que ayer se reuniese de urgencia con el presidente de la Xunta y del PPdeG, Alberto Núñez Feijóo, y con sus concejales para abordar su futuro político, Conde Roa ha atribuido este lunes su dimisión a que es "lo mejor" para su familia y para su partido.

"El PP es mi casa y el partido al que deseo servir con absoluta lealtad y hay que decirlo, también lo he servido con cierto éxito en los últimos tiempos", ha reivindicado quien, en las municipales de mayo de 2011, conquistó para los 'populares' la alcaldía de una ciudad que tradicionalmente había tenido gobiernos de izquierdas, aunque apenas ha llegado a completar los 10 meses como regidor.

El alcalde ha informado en rueda de prensa en el Pazo de Raxoi de su decisión tras conocer el auto judicial, en el que Vázquez Taín explica que el procedimiento trata de esclarecer si existió o no una intención fraudulenta por parte de Conde Roa en el impago de 291.000 euros correspondientes al IVA de 2010 por la venta de 61 viviendas por la sociedad Geslander, de la que era administrador único.

El juez argumenta que ha procedido a la imputación del regidor por concurrir en el procedimiento "indicios fácticos claros de la conducta típica investigada e intencionales suficientemente fundados como para continuar con la práctica de diligencias de investigación".

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