Eutanasia
El Supremo avala que personas con vínculo "estrecho" recurran una eutanasia
El Supremo reconoce legitimidad al entorno cercano para impugnar eutanasias.

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¿Puede un padre o una madre recurrir judicialmente la eutanasia que se conceda a su hijo mayor de edad, con plenas capacidades? El Tribunal Supremo ha avalado que una persona con una relación "particularmente estrecha" con un paciente que solicita la eutanasia pueda recurrir judicialmente la aplicación de esta prestación.
La decisión llega en pleno debate sobre el alcance de la ley y el papel que pueden desempeñar familiares y allegados en procedimientos de este tipo, especialmente después de casos recientes como el de Noelia, la joven fallecida el pasado mes de marzo tras varios meses de enfrentamiento judicial con su padre por su derecho a morir.
El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado el recurso presentado por la Generalitat de Cataluña contra una sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Ese fallo reconocía a un padre la posibilidad de impugnar la eutanasia solicitada por su hijo, pese a que este era mayor de edad y había iniciado el procedimiento conforme a lo previsto en la ley.
La resolución del Supremo supone un respaldo al criterio mantenido por el tribunal catalán y fija una posición relevante sobre quién puede personarse y actuar judicialmente en este tipo de procesos. El alto tribunal considera que la existencia de un vínculo cercano puede otorgar legitimidad para intervenir en procedimientos relacionados con la eutanasia.
Según ha informado el propio Supremo en un comunicado, la decisión ha salido adelante con el apoyo de 23 magistrados, mientras que otros nueve han votado en contra. Los detalles jurídicos de la sentencia no se conocerán hasta los próximos días, cuando se haga pública la resolución completa.
El precedente de Noelia
En marzo se aplicó la eutanasia a Noelia después de un largo periplo judicial. 34 magistrados se reunirán este martes a puerta cerrada para fijar jurisprudencia sobre un asunto que generó controversia: si un tercero ajeno a las administraciones que participan en el proceso puede litigar para frenar la eutanasia concedida a un familiar.
Noelia no fue la primera eutanasia que tuvo que enfrentarse a este dilema. En el caso de Francesc un hombre de 55 años a quien la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña autorizó la muerte asistida que él había solicitado alegando el sufrimiento producido por las importantes secuelas en el movimiento y el habla derivadas de tres ictus y dos infartos fue su padre quien la paralizó con un recurso.
Fiscalía defiende el derecho de un familiar a recurrir a la justicia para impedir una eutanasia, siempre que exista un "intenso vínculo afectivo presente" con el paciente y no solo por su "relación biológica o familiar", y niega que las entidades provida estén legitimadas a hacerlo.
Tras pasar por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que reconoció el interés legítimo de un padre a recurrir, ahora el caso se dirime en el Supremo y es diferente al de Noelia Castillo, cuyo padre también paralizó su eutanasia en una larga batalla legal que también pasó por el Supremo, que inadmitió su recurso, si bien no abordó su legitimación porque no era objeto de impugnación.
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