Unidas Podemos

El Supremo abre juicio oral contra el diputado de Podemos Alberto Rodríguez por "atentado" y "lesiones" contra la Policía

Rodríguez está acusado de propinar una patada a un Policía en una manifestación contra la LOMCE en 2014.

Alberto Rodríguez a su llegada al Tribunal Supremo para declarar como investigado en la causa

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El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Antonio del Moral ha dictado hoy auto de apertura de juicio oral contra el diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez por los presuntos delitos de atentado a agentes de la autoridad y leve de lesiones, y ha dado un plazo de diez días al acusado para que presente su escrito de defensa.

El auto recuerda que la Fiscalía presentó el pasado 7 de mayo un escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral contra Rodríguez, imputándole los dos delitos citados, que se habrían producido en La Laguna (Tenerife) el 25 de enero de 2014 con motivo de un acto al que estaba prevista la asistencia del entonces ministro de Educación, José Ignacio Wert, y en el que se produjo un enfrentamiento entre manifestantes y agentes de Policía que se encargaban de la protección de autoridades.

Ese día, siempre según la Fiscalía, unas 500 personas se reunieron tras el vallado protegido por efectivos policiales y gritaron: "perros, hijos de puta", "quitaos de en medio, dejad a Wert en nuestras manos".

Según la Fiscalía, en el curso de ese incidente Alberto Rodríguez, que hace dos semanas dejó la Secretaría de Organización de Podemos, propinó una patada a un policía ocasionándole una contusión en la rodilla izquierda.

Sin opción a recurso

El instructor señala en su auto que esos hechos, "en una valoración provisional", pudieran ser constitutivos de los delitos de atentado a agentes de la autoridad y lesiones leves, existiendo indicios contra el acusado que excluyen la procedencia de un sobreseimiento en este momento, debiéndose acordar la apertura de juicio oral para su enjuiciamiento.

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Asimismo, fija una fianza de 350 euros para asegurar la responsabilidad civil solicitada por la Fiscalía sin que proceda adoptar ninguna otra medida cautelar. Contra el auto de apertura de juicio oral, según indica el instructor, no cabe recurso alguno.

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