Urdangarin llega a la Audiencia de Palma

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MEDIDAS CAUTELARES

La Audiencia de Palma desestima la petición de fianza para Urdangarin y Torres y decreta libertad provisional con comparecencias mensuales

El fiscal anticorrupción Pedro Horrach había pedido al tribunal que dictase prisión eludible con una fianza de 200.000 euros para Iñaki Urdangarin y de 100.000 euros para Diego Torres. Sin embargo, la Audiencia de Palma ha dictado la libertad provisional sin fianza, la retirada del pasaporte y la obligatoriedad de presentarse ante la autoridad judicial el día 1 de cada mes.

El fiscal Anticorrupción Pedro Horrach había pedido al tribunal que dictase prisión eludible con una fianza de 200.000 euros para Iñaki Urdangarin, después de su condena a 6 años y 3 meses de cárcel por varios delitos de corrupción y fraude fiscal en el caso Nóos. En el caso de Diego Torres la petición era la misma pero con una fianza de 100.000 euros, según habían informado fuentes de la Fiscalía, que habían indicado que la diferencia en la cuantía solicitada responde a la distinta capacidad económica de cada uno de ellos.

Sin embargo, la Audiencia de Palma ha acordado mantener la libertad provisional, sin fianza del ex duque de Palma, Iñaki Urdangarin, y le ha impuesto sólo la obligación de comparecer el día 1 de cada mes -o siguiente hábil en caso de ser festivo- ante la autoridad judicial de su actual país de residencia (Suiza). Además, debe comunicar al tribunal cualquier desplazamiento fuera de la UE o cualquier cambio de residencia, incluso temporal.

El tribunal también mantiene la libertad provisional de Diego Torres, con prohibición de salir del territorio nacional, entrega de pasaporte y comparecencias en el Juzgado más próximo a su domicilio el día 1 de cada mes. También deberá comunicar cualquier cambio de residencia, incluso temporal. El tribunal desestima las medidas solicitadas por la Fiscalía y se estudiarán y resolverán en resolución aparte las pedidas por la Abogacía del Estado. Contra el auto cabe recurso de súplica en el plazo de tres días.

Las juezas consideran que Urdangarin se sirvió de "su privilegiado posicionamiento institucional" por su "proximidad a la Jefatura del Estado" para ejercer "una presión moral de entidad suficiente como para mover la voluntad de los funcionarios y autoridades" en Baleares. Consideran que la contratación del Instituto Nóos para organizar los dos Illes Balears Forum de 2005 y 2006 y una oficina del proyecto del patrocinio del equipo ciclista Illes Balears, por lo que cobró unos 2,5 millones de euros fue una "decisión caprichosa" del entonces presidente balear, Jaume Matas, (condenado a 3 años y 8 meses de cárcel), que posteriormente trató de "revestirse de un ropaje de legalidad". Fueron -según la sentencia- "decisiones arbitrarias, orillando la legalidad puesto que conculcaron los principios de publicidad, concurrencia y objetividad".

Urdangarin se aprovechó del "privilegiado posicionamiento" institucional del que disfrutaba "dada su proximidad a la Jefatura del Estado, por cuanto en aquellas fechas formaba parte de la Familia Real, con ocasión de la relación de parentesco que por vínculo matrimonial había adquirido". Esa circunstancia "le procuraba el ejercicio de una presión moral de entidad suficiente como para mover la voluntad de la autoridad y los funcionarios públicos" para que "se plegaran a su contratación". su influencia "resulta ser de tal entidad" que "permite afirmar que sin ella el hecho ilícito no se hubiera producido".

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