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Elecciones generales 2019

Elecciones generales 2019: qué está permitido y qué no en campaña electoral

La campaña electoral arranca hoy y continuará hasta el próximo viernes 8 de noviembre. Durante este periodo, los partidos políticos tratarán de ganarse la confianza de los electores para las elecciones generales de 2019.

En resumen

  • La Ley Orgánica del Régimen Electoral dicta las normas a seguir durante el periodo electoral
  • La Junta Electoral es el órgano encargado de advertir y sancionar a los que incumplen estas normas

Hoy comienza la carrera de los partidos políticos por ganarse la confianza de los votantes. En este 1 de noviembre arranca la campaña electoral, que se prolongará hasta el viernes de la próxima semana, dando paso a la jornada de reflexión y al domingo 10 de noviembre, la fecha marcada en rojo en todas las agendas políticas, día en el que transcurrirán las segundas elecciones generales de 2019.

Los partidos políticos y sus candidatos no tienen "barra libre" durante la campaña electoral. La Ley Orgánica del Régimen Electoral dicta las normas a seguir durante el periodo electoral, algo que también atañe al Estado y a los ciudadanos. Esta ley regula todas las elecciones que se produzcan dentro del sistema electoral español. La Junta Electoral es el órgano encargado de advertir a los que incumplen estas normas.

¿Qué está permitido?

Quien haya convocado las elecciones debe hacer una campaña de "carácter institucional" para informar a los ciudadanos sobre la fecha de los comicios, sin influir en la orientación de voto; las instituciones tienen como obligación poner a disposición locales oficiales y lugares públicos para celebrar actos de los diferentes partidos además de sitios gratuitos como postes o farolas para la colocación de carteles. El reparto de espacios se realiza en función de los resultados de las últimas elecciones.

También, todos los partidos pueden hacer propaganda en medios de comunicación privados, siempre que el gasto no supere el 20% del gasto asignado a cada partido de acuerdo a Ley. En cuanto a los medios públicos, todos tienen derecho a utilizar espacios gratuitos de propaganda; tres días después de las elecciones, la Junte Electoral Central se encarga de realizar el escrutinio general, un resultado que tanto los partidos, como candidatos o asociaciones pueden interponer un recurso contencioso electoral si no están conformes o detectan irregularidades.

¿Qué está prohibido?

Desde que se convocan las elecciones, como son las Elecciones Generales de 2019, no se pueden realizar actos sobre los logros obtenidos financiados por los poderes públicos, ni inaugurar obras, servicios públicos o proyectos; las instituciones públicas no pueden utilizar expresiones o imágenes iguales o similares a las que utilizan los partidos políticos en campaña; la publicidad electoral mediante carteles, anuncios en medios de comunicación, soportes comerciales..., se utiliza exclusivamente en el periodo de la campaña electoral.

Además, los miembros de las Fuerzas Armadas, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, policías de las Comunidades Autónomas o Municipales, jueces, magistrados, fiscales y miembros de las Juntas Electorales no pueden difundir propaganda electoral ni participar en la campaña; el coste de los anuncios para los partidos políticos en cualquier medio de comunicación privado será el mismo que el de cualquier anuncio comercial, sin poder aumentar el precio; todos los medios de comunicación tienen prohibido publicar sondeos electorales durante los cinco días previos a la votación; no se pueden hacer aportaciones a los partidos políticos superiores a los 10.000 euros; los candidatos deben jurar la Constitución cuando tomen posesión de sus cargos.

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