Edificio Tribunal Constitucional

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ENTRARON EN VIGOR EL PASADO 1 DE JULIO

El Constitucional admite a trámite los recursos contra la Ley de Seguridad Ciudadana y contra la prisión permanente revisable

La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto en ambos casos, que el tribunal resolverá en próximas fechas. El TC estudiará el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Parlamento de Cataluña contra la 'ley Mordaza' y el de parte de la oposición en el Congreso contra la reforma del Código Penal.

El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Parlamento de Cataluña contra la ley de Seguridad Ciudadana que entró en vigor el pasado 1 de julio. El tribunal de garantías también admitió a trámite en junio el recurso presentado por la mayoría de los grupos de la oposición del Congreso de los Diputados contra la misma ley.

Al admitir a trámite el recurso catalán, que no paraliza la ley ni supone pronunciamiento alguno sobre el fondo de la normativa, el Constitucional ha dado traslado de la demanda al Congreso, al Senado y al Gobierno para que, en el plazo de 15 días, pueden personarse en el procedimiento y formular alegaciones. El pleno del Parlamento catalán aprobó el 19 de junio la interposición de este recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, que algunos grupos políticos llaman 'ley Mordaza', al considerar que vulnera "derechos y libertades fundamentales".

El 12 de junio el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad contra esta norma que fue promovido por más de cincuenta diputados, de PSOE, Izquierda Plural, UPyD, Compromís-Equo, Coalición Canaria y Geroa Bai.

El pleno del Tribunal Constitucional también ha admitido a trámite el recurso de los grupos de la oposición en el Congreso de los Diputados contra los artículos de la reforma del Código Penal que regulan la nueva prisión permanente revisable, que entró en vigor el pasado día 1. Se trata de un recurso de inconstitucionalidad promovido por los grupos socialista, CiU, La Izquierda Plural, UPyD, PNV y mixto, que estiman que la nueva medida es una "cadena perpetua encubierta".

En una providencia al TC acuerda dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, que disponen de un plazo de quince días para personarse en el procedimiento y formular alegaciones. La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto, que el tribunal resolverá en próximas fechas. Los recurrentes alegan que la prisión permanente revisable vulnera cuatro artículos de la Constitución, en concreto el 15.1, que prohíbe penas inhumanas; el 17, que regula el principio de proporcionalidad; el 25.1, ya que no es una pena determinada sino que se prolonga en el tiempo incluso hasta la muerte del reo, y el 25.2, al restringir la posibilidad de reinserción.

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