Elecciones generales 2019: ¿Cómo se constituye la mesa electoral el día de las elecciones generales?

Publicidad

Elecciones generales 2019

¿Cómo se constituye la mesa electoral el día de las elecciones generales?

A las 8 de la mañana, los representantes de la mesa electoral para las elecciones generales 2019 deben acudir al colegio electoral para la constitución de las mesas del 10-N.

En resumen
  • Si el presidente no ha acudido, le sustituye su primer suplente. En caso de fallar también éste, le sustituye el segundo suplente y sino los vocales en su respectivo orden
  • Los suplentes que no hayan tenido que integrarla, quedan exentos de cualquier obligación al respecto

Estamos a tres días de que los españoles acudan a las urnas a elegir a sus representantes en las elecciones generales del 10 de noviembre. Para poder ejercer su derecho a voto, puede hacerlo a través del voto por correo o acudiendo al colegio electoral correspondiente para depositar su voto. Allí encontrará las papeletas, los sobres y las urnas, que están custodiadas por los integrantes de la mesa electoral que velan por el buen funcionamiento de las elecciones.

La mesa electoral está compuesta por un Presidente y dos Vocales. Además, hay que designar a dos suplentes por cada uno de los miembros por si hay ausencias, todos ellos elegidos por sorteo. A la constitución de la mesa deben acudir todos los seleccionados. Todos los presentes deben estar en el colegio electoral a las 8 de la mañana, una hora antes de la apertura del voto para los ciudadanos. Si el presidente no ha acudido, le sustituye su primer suplente. En caso de fallar también éste, le sustituye el segundo suplente, y si éste tampoco ha acudido, toma posesión como presidente el primer vocal, o el segundo vocal, por este orden.

De igual modo, los vocales que no han acudido o que toman posesión como presidente, son sustituidos por sus suplentes. No se puede constituir la mesa electoral sin la presencia de un presidente y dos vocales. En caso de que no pueda constituirse, se extenderá una declaración de los hechos y se enviará por correo certificado a la Junta Electoral de Zona, a quien ya antes se habrá comunicado esta circunstancia por teléfono. De este modo, la Junta elegirá libremente las personas que habrán de constituir la mesa electoral, pudiendo incluso ordenar que forme parte de ella alguno de los electores que se encuentren presentes en el local.

Una vez constituida la mesa electoral para las elecciones generales del 10 de noviembre, los suplentes que no hayan tenido que integrarla, quedan exentos de cualquier obligación al respecto. Es de carácter obligatorio ser parte de la mesa electoral si es elegido, estando penado por la ley con penas de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses si no se presenta en el colegio electoral. Si usted ha sido elegido para la mesa electoral, debe saber que existen una serie de justificaciones para librarse de ser miembro de la mesa electoral en las elecciones generales, pero para ello estas excusas deben haber sido validadas por Junta Electoral de Zona.

Publicidad