ELECCIONES ANDALUZAS
Elecciones Andalucía 2026: ¿pueden votar las personas que están en la cárcel?
La Ley que regula el derecho al sufragio en España, establece que los presos pueden votar siempre que no hayan sido despojados de este derecho. Así es como pueden hacerlo.

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Millones de andaluces están citados a las urnas el próximo 17 de mayo para elegir su nuevo presidente autonómico. Entre ellos, alrededor de 10.000 se encuentran en prisión, pero esto no significa que no puedan ejercer el sufragio.
En España, no todos los reclusos tienen el derecho a voto. Los presos que pueden ejercerlo son aquellos que no han sido despojados de él por medio de una sentencia judicial.
El proceso para que los internos participen en las elecciones, bien sean generales o autonómicas, debe ser gestionado adecuadamente por los centros penitenciarios, quienes deben asegurar que los internos estén informados sobre sus derechos y los procedimientos necesarios.
Censo electoral y solicitud
El proceso para que los presos puedan votar en las elecciones por correo requiere cumplir con ciertos requisitos y seguir procedimientos específicos, pero algo que es indispensable es que deben estar inscritos en el censo electoral, lo cual se gestiona desde la administración del centro penitenciario.
El primer paso es que el recluso solicite formalmente al centro correspondiente el deseo de participar en las elecciones. Para ello, un funcionario de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos se acercará al centro penitenciario con impresos de solicitud del certificado de inscripción. Toda la gestión de la petición debe motivarla la dirección de la prisión.
Si algún recluso o reclusa careciera de DNI, basta con el documento de identidad interior que tienen todos los internos, siempre y cuando aparezca una fotografía, con claridad, en el mismo.
Envío a Correos
Una vez esta petición es recibida, el propio centro penitenciario la comunica a las autoridades electorales a través de los canales establecidos, generalmente, suele ser a Correos.
La ley obliga a que la documentación electoral, incluyendo la papeleta de voto y un sobre para su envío, llegue a los internos con suficiente tiempo. La participación en este proceso requiere que los presos dispongan de la ayuda necesaria si tienen dificultades en algún momento.
Finalmente, una vez el interno rellena la papeleta, esta se introduce en el sobre correspondiente y, a su vez, este en otro que irá dirigido a la mesa electoral que corresponda para poder enviarla a través de la empresa de mensajería. El plazo para devolver el voto suele ser más estricto que en el resto de la población, lo que puede complicar el ejercicio del derecho electoral.
Un funcionario o funcionaria de Correos hará llegar los sobres a las correspondientes mesas electorales, correspondientes al domicilio de los internos, el día de la votación.
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