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AUDIENCIA DE PALMA

Un juez autoriza a un padre a celebrar la primera comunión de su hija pese a la oposición de su exmujer

La Audiencia de Palma ha autorizado a un padre a celebrar la primera comunión de su hija, a la que se oponía su exmujer, por ser un acto consecuente con la trayectoria católica de ambos progenitores y de la propia menor que además no genera perjuicio ni a la niña ni a la madre.

La sección cuarta del tribunal provincial ha estimado un recurso de apelación interpuesto por el padre ante un auto anterior que había desestimado su petición de que su hija hiciera la comunión, al entender que la menor no quería.

El padre quiere que su hija curse la asignatura de religión y que haga la comunión. La Audiencia señala en la sentencia que ambos padres están bautizados por la iglesia católica, han contraído matrimonio religioso y han bautizado a su hija en la religión que profesan los dos.

El tribunal ha tenido en cuenta que, según la psicóloga que trata a la niña, a la menor le da igual hacer o no la comunión, pero ha pedido que no quiere decidir sobre el tema. La oposición de la madre a que la niña curse religión, vaya a catequesis y haga la comunión, basada solo en la opinión de la niña, no es atendible. Señala que además supondría atribuir a la menor la decisión, en contra de lo que manifestó de forma terminante a la psicóloga.

La sección cuarta autoriza al padre a celebrar la comunión y a sufragarla y ordena a la madre acompañar a la niña a catequesis cuando corresponda y la tenga en su compañía, y si no quiere o no puede a que lo haga el padre.

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