Lawfare

Junts insiste en que el 'lawfare' está incluido en la ley de amnistía: "Si mira el artículo 1.a verá que se han incluido todos los hechos"

El exdiputado del Parlamento de Cataluña, Jordi Turrull, ha defendido que el 'lawfare' o 'judicialización de la política' sí está incluido en la ley de amnistía.

Antena 3 Noticias

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Uno de los puntos más polémicos de la ley de amnistía, y que finalmente no ha aparecido reflejado en el documento, es el 'lawfare' o 'judicialización de la política'. Es decir, la persecución judicial de los políticos. Si bien es cierto que el término no aparece como tal, desde Junts aseguran que todos esos casos están, no obstante, incluidos de forma implícita.

En esa línea se ha expresado Jordi Turull, exdiputado del Parlamento de Cataluña, que ha defendido que el 'lawfare', una de las exigencias más vehementes del partido de Puigdemont, sí está incluido en la ley, concretamente en el artículo uno. Esto es lo que dice dicho artículo:

Artículo 1. Ámbito objetivo

1.Quedan amnistiados los siguientes actos determinantes de responsabilidad penal, administrativa o contable, ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017, de su preparación o de sus consecuencias, siempre que hubieren sido realizados entre los días 1 de enero de 2012 y 13 de noviembre de 2023, así como las siguientes acciones cometidas entre estas fechas, aunque no se encuentren directamente relacionadas con estas consultas o incluso hayan sido realizadas con posterioridad a su respectiva celebración: (...)

2. Los actos determinantes de responsabilidad penal, administrativa o contable amnistiados en virtud del apartado 1 de este artículo lo serán cualquiera que sea su grado de ejecución, incluidos los actos preparatorios, y cualquiera que fuera la forma de autoría o participación.

3. Los actos cuya realización se hubiera iniciado antes del día 1 de enero de 2012únicamente se entenderán comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente ley cuando su ejecución finalizase con posterioridad a esa fecha.

"Cuando haces una ley lo que utilizas son conceptos jurídicos. 'Lawfare' no es un concepto jurídico penal. Es un concepto, digamos, político. Ahora, si usted mira el artículo 1, apartado a, usted verá que aquí se han incluido todos los hechos". Estas han sido las palabras de Turull, y este el apartado 1.a al que hace referencia:

a) Los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos.

En todo caso, se entenderán comprendidos en este supuesto los actos tipificados como delitos de usurpación de funciones públicas o de malversación dirigidos a financiar, sufragar o facilitar la realización de cualesquiera de las conductas descritas en el primer párrafo de esta letra, directamente o a través de cualquier entidad pública o privada, así como cualquier otro acto tipificado como delito que tuviere idéntica finalidad.

También se entenderán comprendidas en este supuesto aquellas actuaciones desarrolladas, a título personal o institucional, con el fin de divulgar el proyecto independentista, recabar información y adquirir conocimiento sobre experiencias similares o lograr que otras entidades públicas o privadas prestaran su apoyo a la consecución de la independencia de Cataluña.

Asimismo, se entenderán comprendidos aquellos actos, vinculados directa o indirectamente al denominado proceso independentista desarrollado en Cataluña o a sus líderes en el marco de ese proceso, y realizados por quienes, de forma manifiesta y constatada, hubieran prestado asistencia, colaboración, asesoramiento de cualquier tipo, representación, protección o seguridad a los responsables de las conductas a las que se refiere el primer párrafo de esta letra, o hubieran recabado información a estos efectos.

Sin embargo, en contra de lo que se afirma desde el partido catalán, en ese artículo -que puedes leer completo en el siguiente enlace- solo se habla de causas relacionadas con el desafío al Estado por parte de los independentistas, lo que dejaría fuera a dos de los colaboradores más estrechos de Puigdemont. Estos sería Laura Borràs, condenada por amañar contratos, y al abogado del expresidente de la Generalitat, que tiene una causa pendiente relacionada con el narcotráfico.

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