Elecciones generales

¿Cuáles son las sanciones si no te presentas a la mesa electoral el próximo 23J?

Hay varias razones por las que puedes no acudir a tu puesto de trabajo en la mesa electoral el próximo 23 de julio.

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El próximo domingo 23 de julio se celebrarán las elecciones generales después de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, así lo anunciara a principios de esta semana tras el batacazo de las fuerzas progresistas en las elecciones autonómicas y municipales.

Otras elecciones significa que miles de personas tendrán que volver a acudir a las mesas electorales para trabajar dicho domingo en su respectivo colegio. Entre el 24 y el 28 de junio se celebrará el sorteo en el que se conocerá a aquellas personas que tendrán que acudir a una mesa electoral el domingo 23 de julio de 2023.

¿Hasta cuándo podemos reclamar?

Una vez nos toca, ¿cuándo podemos empezar a reclamar? Pues justo tres días después del sorteo se notificará a quienes les hay tocado estar en la mesa electoral. A partir de ahí hay siete días para excusarse: tenemos un viaje, no puedo por trabajo, otro tipo de compromiso... Tras esto habrá otros cinco días para que la Junta Electoral nos responda. ¿Y esto qué supone? Pues que hasta el 13 de julio no sabremos si tenemos que estar o no en la mesa. No obstante, ¿qué ocurre si no nos presentamos ese día? Aquí lo explicamos.

Los castigos si no se justifica la ausencia correctamente

Ya hemos repasado los plazos para saber quién estará en una mesa electoral el 23 de julio. Pero... ¿qué pasa ahora si no acude sin justificarlo correctamente? Pues los 'castigos' serían penas de cárcel de entre 3 y 12 meses y multas de seis a dos años. Por otra parte, las condenas pueden llegar a los 3.000 euros.

Para evitar todo esto es imprescindible justificar y documentar esa ausencia ante la Junta Electoral de zona en los siete días siguientes de la notificación, estos tendrán que resolverlo en cinco días. Se calcula que en torno al 13-14 de julio deberían estar resueltas todas las reclamaciones. ¿Y en qué caso puedo librarme?

¿En qué casos puedo librarme?

Pues por ejemplo, estar embarazada de más de seis meses, o ser madre lactante de un bebé de hasta 9 meses. También tener entre 65 y 70 años y ojo a esta: si han cambiado de residencia habitual a otra Comunidad autónoma. Eso sí, en ningún caso la normativa electoral habla de un periodo vacacional.

En última instancia, si te ha tocado mesa tres veces en los últimos 10 años, también puedes librarte de una mesa electoral. Más de medio millón de personas conocerán, en unos 20 días, si han sido agraciados en el sorteo de la elecciones generales del 23 de julio.

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