Andalucía

Elecciones Andalucía 2026: ¿Qué es un voto válido y un voto nulo?

Te explicamos las diferencias entre estos dos tipos de votos para votar correctamente en las elecciones autonómicas de Andalucía.

Papeletas de las Elecciones de Andalucía 2015

Papeletas de las Elecciones de Andalucía 2015EUROPA PRESS

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El próximo domingo 17 de mayo los andaluces y andaluzas están llamados a las urnas para elegir a los representantes del Parlamento para la próxima legislatura. Hay quien lo tienen muy claro, pero también hay una gran parte de la ciudadanía que no se siente representada por ninguno de los partidos.

Este distanciamiento con la política también se ve reflejado ante las urnas mediante distintas formas de participación. De entre todas las papeletas depositadas, deben distinguirse principalmente dos tipos de votos.

¿Qué se considera voto válido?

Según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), el voto válido es todo aquel que, depositado en la urna correspondiente, cumple con todas las exigencias legales. Para ser considerado como válido debe estar dirigido a una candidatura o puede ser en blanco. Si contiene varias papeletas, pero todas a la misma candidatura se considera válido.

Asimismo, un voto en blanco se considera válido y se contabiliza. Se considera como voto en blanco todo sobre que no contenga una papeleta. Gran parte de quienes optan por este tipo de voto aceptan el sistema electoral, pero no encuentran ningún partido que les convenza plenamente entre las opciones.

¿Cuándo un voto es nulo?

Atendiendo al artículo 96 de la LOREG, un voto nulo sería aquel emitido en un sobre o papeleta diferentes de los modelos oficiales. Además, se considera como nulo un voto emitido en una papeleta sin sobre o un sobre que contenga más de una papeleta de distinta candidatura.

Las papeletas que se vean modificadas, añadiendo o tachado nombres de los candidatos comprendidos en ellas, también se consideran como voto nulo. Según la LOREG, tampoco se admitirán aquellas papeletas alteren el orden de colocación de sus candidatos, hubieran introducido cualquier leyenda o producido cualquier otra alteración, ya sea de carácter voluntario o intencionado.

El voto nulo no influye en cómo se distribuyen los escaños. En cambio, el voto en blanco sí tiene un efecto indirecto, ya que suma al total de votos válidos y favorece al partido más votado. Aun así, según el sistema de la ley d'Hondt, los partidos necesitan alcanzar al menos un 3% de los votos válidos para poder entrar en el reparto de escaños.

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