Galicia

El Supremo declara nulo el despido de una empleada que iba a solicitar el permiso por matrimonio para casarse

El Tribunal Supremo declara como nulo y discriminatorio el despido a una trabajadora de una empresa en Galicia que anunció que iba a pedir el permiso por matrimonio porque iba a casarse.

Fachada del Tribunal Supremo

Fachada del Tribunal SupremoEFE

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La Sala Cuarta del Tribunal Supremo adelanta el fallo de una sentencia en la que declara como nulo y discriminatorio el despido de una trabajadora de una empresa en Galicia que había anunciado poco antes que pensaba solicitar el permiso por matrimonio porque iba a casarse.

La respuesta es que "debe calificarse como nulo el despido surgido como reacción al anuncio que la trabajadora realiza acerca de su futuro matrimonio".

La Sala del Supremo considera que la lista constitucional de las circunstancias frente a las que se proscribe la discriminación es abierta, de modo que "adoptar una decisión peyorativa para una trabajadora como consecuencia de que anuncia o contrae matrimonio es, sencillamente, infligirle un trato discriminatorio y opuesto al artículo 14 de la Constitución", que dicta que los españoles "son iguales ante la ley", sin que pueda prevalecer discriminación "por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".

Además, el tribunal también invoca la denominada perspectiva de género, los tratados internacionales y el Derecho de la UE (carta de Derechos Fundamentales), además de diversa jurisprudencia, advirtiendo que tampoco sería descartable la referencia a la indemnidad, aunque ese enfoque queda al margen del debate.

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