Apagón eléctrico

¿Qué cubre el seguro tras un apagón masivo y cómo reclamar una indemnización?

El apagón que dejó incomunicada a toda España generó pérdidas en hogares y comercios. Descubre qué daños cubre el seguro y cómo reclamar una indemnización.

¿Qué cubre el seguro tras un apagón masivo y cómo reclamar una indemnización?

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A las 12:33 del mediodía, España se quedó completamente incomunicada. Sin previo aviso, millones de personas perdieron acceso a la electricidad y a la cobertura móvil. Lo que en principio parecía una interrupción puntual, se convirtió en un apagón que se alargó entre 8 y 10 horas. Durante ese tiempo, miles de negocios incluidos supermercados y grandes cadenas tuvieron que cerrar.

Uno de los sectores más perjudicados fue el de la alimentación. Todos los comercios que dependían de cámaras frigoríficas o congeladores se vieron obligados a tirar productos que ya no eran aptos para el consumo. Pero el apagón no solo afectó a empresas. En muchas casas, los electrodomésticos conectados se averiaron por la interrupción repentina del suministro eléctrico. En estos casos, la pregunta clave es: ¿quién se hace responsable?

Aunque a primera vista uno podría pensar que la compañía eléctrica debe responder, lo cierto es que gran parte de estos daños, realmente están cubiertos por los seguros de hogar.

¿Qué cubre el seguro ante un apagón?

Según la normativa vigente, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) no se hace cargo de cortes de luz, salvo que estén provocados por fenómenos naturales extremos, como tormentas o inundaciones. Dado que en este caso no se ha confirmado ninguna causa meteorológica, la cobertura dependerá de cada póliza individual.

El Colegio de Mediadores de Seguros ha emitido un comunicado, recogido por la agencia EFE, en el que explica cómo proceder ante posibles daños derivados del apagón. El primer paso es contactar con tu aseguradora y presentar una reclamación. También se puede iniciar un proceso de reclamación directa contra la empresa suministradora de electricidad.

¿Qué hacer si no tienes seguro?

Sin una póliza activa, no se puede reclamar ni al Consorcio ni a una aseguradora. Así lo aclara el mismo comunicado: si no cuentas con un seguro vigente, no podrás recibir ninguna compensación por los daños sufridos.

Para quienes sí disponen de seguro de hogar, existe un plazo de 7 días desde el incidente para notificar pérdidas como alimentos en mal estado o daños en aparatos electrónicos.

En la Comunidad de Madrid, existe una normativa que establece que, cuando una avería eléctrica afecta al 70% del mercado, el servicio debe restablecerse en un máximo de tres horas. Si la afectación alcanza al 100% del mercado, el límite se amplía a seis horas.

Como en este caso sehan superado ambos plazos, la empresa distribuidora de energía estaría obligada a aplicar un descuento en la factura anual del cliente, que podría llegar hasta el 10%.

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